MINISTERIO PUBLICO C/ MAIKOL EDUARDO CHAMORRO SANTANDER
Rol
O-3247-2023
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 28 de septiembre del año 2023, a las 12:41 horas aproximadamente, al interior del supermercado Jumbo ubicado en Avenida Freire N° 2414. Belloto, Quilpué, el imputado se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de 04 chocolates marca sanhe nuss avaluados en la suma $22.996, los que ocultó adentro de sus vestimentas y sin pagar el valor de estos, traspasó el lineal de la cajas registradoras siendo detenido por Guardias y luego entregado Carabineros SENTENCIA MONITORIO: Quilpué, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 67, 70 y 494 Bis Código Penal, artículos 392 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se condena a MAIKOL EDUARDO CHAMORRO SANTANDER, cédula de identidad N° . . - , a la pena de MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR de ilícito FRUSTRADO de HURTO FALTA, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal y por hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 28 de septiembre del año 2023. II.- Infórmese al encausado que le asisten los siguientes derechos: Primero: Que la multa deberá pagarse en arcas de la Ilustre Municipalidad de Quilpué dentro del plazo de treinta días contados desde que se encuentre ejecutoriada la presente resolución, la que se notifica en este acto. De no pagarse la multa en el plazo indicado, deberá estar ser sustituida de acuerdo al artículo 49 del Código Penal. Segundo: Que de pagarse la multa dentro del plazo de quince días desde la notificación de esta sentencia, su monto ascenderá únicamente al 75% del valor total de la multa impuesta. Tercero: Que no obstante, el sentenciado puede reclamar respecto de la multa impuesta y de la sentencia dictada en este caso, en cuyo evento debe practicarse el reclamo dentro del plazo legal, se retrotraerá el estado de la causa a la fijación de audiencia de procedimiento simplificado
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a MAIKOL EDUARDO CHAMORRO SANTANDER, cédula de identidad N° . . - , a la pena de MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR de ilícito FRUSTRADO de HURTO FALTA, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal y por hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 28 de septiembre del año 2023. II.- Infórmese al encausado que le asisten los siguientes derechos: Primero: Que la multa deberá pagarse en arcas de la Ilustre Municipalidad de Quilpué dentro del plazo de treinta días contados desde que se encuentre ejecutoriada la presente resolución, la que se notifica en este acto. De no pagarse la multa en el plazo indicado, deberá estar ser sustituida de acuerdo al artículo 49 del Código Penal. Segundo: Que de pagarse la multa dentro del plazo de quince días desde la notificación de esta sentencia, su monto ascenderá únicamente al 75% del valor total de la multa impuesta. Tercero: Que no obstante, el sentenciado puede reclamar respecto de la multa impuesta y de la sentencia dictada en este caso, en cuyo evento debe practicarse el reclamo dentro del plazo legal, se retrotraerá el estado de la causa a la fijación de audiencia de procedimiento simplificado de conformidad al artículo 388 del Código Procesal Penal para debatir lo correspondiente a esta imputación. III.- Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal y sin perjuicio de lo re
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HECHOS: El día 28 de septiembre del año 2023, a las 12:41 horas aproximadamente, al interior del supermercado Jumbo ubicado en Avenida Freire N° 2414. Belloto, Quilpué, el imputado se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de 04 chocolates marca sanhe nuss avaluados en la suma $22.996, los que ocultó adentro de sus vestimentas y sin pagar el valor de estos, traspasó el lineal de
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