7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ MARTÍN IGNACIO DEL TRÁNSITO HUENCHUNAO PINTO

Rol

O-102-2023

Fecha

29 de septiembre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 08 de Septiembre de 2022, a las 12:40 horas aproximadamente, los acusados MARTIN IGNACIO HUENCHUNAO PINTO y BASTIAN ISMAEL PALMA VILLALOBOS, con ánimo de sustraer especies y previamente concertados, ingresaron al domicilio ubicado en calle El Cirio N° 1075, comuna de La Florida, de propiedad las victimas Camila Arancibia Farías y “RESERVADO”, por una vía no destinada al efecto y sin autorización de sus dueños, esto es, saltando y escalando el muro perimetral de la propiedad, para luego desde allí, escalar el muro divisorio e ingresar de esta forma a la propiedad Código: MSDXXXKDXTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SÉPTIMO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL S A N T I A G O contigua ubicada en calle El Cirio N°1081, Comuna de la Florida. Una vez allí, procedieron a forzar un ventanal ingresando a la propiedad, revisando y apropiándose con ánimo de lucro y contra la voluntad de sus dueños de 02 controles remotos; 01 reloj; 06 pares de aros; 07 aros; 01 cadena con pedrería; 03 chaquetas, para luego los acusados, darse a la fuga con las especies sustraídas en su poder, siendo detenidos por personal policial a pocos metros del lugar.” SIC A juicio del Ministerio Público estos hechos descritos constituyen los delitos de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 44 del Código Penal; y violación de morada, previsto y sancionado en el artículo 44 del mismo Código Punitivo, encontrándose ambos ilícitos en grado de desarrollo consumado. Asimismo, la fiscalía les atribuyó a los acusados la calidad de autores en ambos delitos, de conformidad a lo previsto en el artículo N° del Código del Ramo. Estimó el persecutor que, en relación a ambos acusados, no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que analizar. Por último, el Ministerio Público solicitó se les imponga a ambos acusados, la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo y, también a

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha veinticinco del presente mes y año, ante esta Sala del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, se llevó a efecto el juicio oral de la causa rol interno del Tribunal N° - , seguida en contra de Martín Ignacio del Tránsito Huenchunao Pinto, cédula nacional de identidad N° . .849- , chileno, natural de Santiago, nacido el 4 de enero de , años de edad, soltero, estudios medios completos, vendedor, domiciliado en calle Racoma N° 7 9 de la comuna de Puente Alto y, de Bastián Ismael Palma Villalobos, cédula nacional de identidad N° .4 4. - , chileno, nacido en Santiago, el 7 de septiembre del año , años de edad, soltero, estudió hasta Segundo Año de Enseñanza Media, obrero, domiciliado en calle Tauro N° .464, comuna de La Florida. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de La Florida, don Samuel Constela Morales, mientras que la defensa del acusado Martín Huenchunao, estuvo a cargo de la defensora penal privada, doña Carolina Pereira Isamit y, el acusado Palma Villalobos, fue representado por la defensora penal pública, Miryam Reyes García, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Segundo: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del acusado, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundándola en los siguientes hechos: “El día 08 de Septiembre de 2022, a las 12:40 horas aproximadamente, los acusados MARTIN IGNACIO HUENCHUNAO PINTO y BASTIAN ISMAEL PALMA VILLALOBOS, con ánimo de sustraer especies y previamente concertados, ingresaron al domicilio ubicado en calle El Cirio N° 1075, comuna de La Florida, de propiedad las victimas Camila Arancibia Farías y “RESERVADO”, por una vía no destinada al efecto y sin autorización de sus dueños, esto es, saltando y escalando el muro perimetral de la propiedad, para luego desde allí, escalar el muro divisorio e ingresar de esta forma a la propiedad Código: MSDXXXKDXTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SÉPTIMO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL S A N T I A G O contigua ubicada en calle El Cirio N°1081, Comuna de la Florida. Una vez allí, procedieron a forzar un ventanal ingresando a la propiedad, revisando y apropiándose con ánimo de lucro y contra la voluntad de sus dueños de 02 controles remotos; 01 reloj; 06 pares de aros; 07 aros; 01 cadena con pedrería; 03 chaquetas, para luego los acusados, darse a la fuga con las especies sustraídas en su poder, siendo detenidos por personal policial a pocos metros del lugar.” SIC A juicio del Ministerio Público estos hechos descritos constituyen los delitos de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 44 del Código Penal; y violación de morada, previsto y sancionado en el artículo 44 del mismo Código Punitivo, encontrándose ambos ilícitos en grado de desarrollo consumado. Asimismo, la fiscalía les atribuyó a los acusa

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos , 7 inciso tercero, 4 N , N , 4, 6, 8, , 67, 7 , 44, 4 , 44 N° ° y 449 numeral ° del Código Penal; y 47, 9 , 96, 97, 4 , 4 , 4 , 44, 46 del Código Procesal Penal y, artículo 6 del Código orgánico de Tribunales, se declara: Código: MSDXXXKDXTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SÉPTIMO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL S A N T I A G O I.- Que se condena al acusado, Martín Ignacio del Tránsito Huenchunao Pinto, ya individualizado, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación, consumado, cometido el 8 de septiembre de , en la comuna de La Florida, de esta ciudad. II.- Que se condena al acusado, Bastián Ismael Palma Villalobos, ya individualizados, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación y como autor de un delito de violación de mor

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SÉPTIMO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL S A N T I A G O Ministerio Público de Santiago C/Martín Ignacio del Tránsito Huenchunao Pinto y Bastián Ismael Palma Villalobos. Delito: Robo en lugar destinado a la habitación y violación de morada. (Condenados) R.I.T.: - R.U.C.: - Santiago, a veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha

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