14º Juzgado de Garantía de Santiago

CENCOSUD RETAIL S.A. . . C/ JUAN ALEJANDRO NAVIA MATELUNA

Rol

O-6656-2021

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RU N°2100798476-3, RIT N°6656-2021 en contra del imputado JUAN ALEJANDRO NAVIA MATELUNA, chileno, 54 años de edad, nacido el 18 de agosto de 1969, obrero, cédula de identidad N°8.839.817-3, divorciado, domiciliado en calle Santa Elena N° 520, comuna de Puente Alto, quien citado legalmente compareció a la audiencia, el que estuvo presente el representante del Ministerio Público el Sr. Fiscal don Gustavo Ahumada y por la Defensa el Sr. Defensor Penal Público don Gonzalo García. En esta causa se presentó en su oportunidad requerimiento en procedimiento simplificado, y en la audiencia fijada al efecto, celebrada el 03 de septiembre de 2021, el requerido al ser preguntado por el Juez, conforme al artículo 395 del Código Procesal Penal, solicitó la realización del juicio. El ilícito atribuido al requerido consiste en síntesis en: “Que el día 02 de septiembre de 2021, alrededor de las 16:45 horas, el imputado ya individualizado ingresa hasta la tienda comercial Paris, ubicada en el Mall Florida Center de Vicuña Mackenna Oriente N° 6100, comuna de La Florida, con el fin de apropiarse contra la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro, especies de propiedad de dicha casa comercial, en este caso un juguete modelo Buzz Lightyear que fue avaluado en la suma de $39.990 pesos, para posteriormente traspasar en lineal de cajas y paletas de seguridad, activándose los sensores, siendo sorprendido a las afueras del local por guardias con el producto en su poder”. El ilícito antes indicado a juicio del Ministerio Público constituye un delito de Hurto Simple, del artículo 446 N° 3 del Código Penal y se le atribuye participación en calidad de autor. En atención a que en la especie no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Ministerio Público pidió se le imponga la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 5 unidades tributarias mensuales y costas de la causa. SEGUNDO: Que el Ministerio Público en su alegato de apertura pidió que se falle de acuerdo a lo hechos indicados en el requerimiento y dado que no concurrieron los testigos, prescindió de la restante prueba. Que la defensa efectuó la alegación en su alegato de apertura y clausura en los mismos términos que el Ministerio Público. TERCERO: Que no existiendo prueba para ser ponderada, existe más de una duda razonable acerca de la efectividad de la existencia del hecho como de una Código: LPVXXXHXBFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl eventual participación que analizar a la luz del Código Penal. Se debe tener presente que el legislador al momento de consagrar la libertad probatoria para el sentenciador, al momento de hacer alusión a la “convicción del Tribunal”, en el artículo 340 del Código Procesal Penal, dotó de contenido a la m

Fallo

se declara que: I.- Que se absuelve al requerido JUAN ALEJANDRO NAVIA MATELUNA, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Regístrese y teniendo en consideración que los intervinientes han renunciado a los recursos legales para recurrir en su contra en la audiencia de rigor, téngasela por ejecutoriada y dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. DICTADA POR DOÑA ANDREA ACEVEDO MUÑOZ, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR DECIMOCUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Código: LPVXXXHXBFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-28T18:46:49-0300

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Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RU N°2100798476-3, RIT N°6656-2021 en contra del imputado JUAN ALEJANDRO NAVIA MATELUNA, chileno, 54 años de edad, nacido el 18 de agosto de 1969, obrero, cédula de iden

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