MP C/ CARMEN ADRIANA MUÑOZ SAN MARTÍN
Rol
O-5690-2023
Fecha
28 de septiembre de 2023
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal doña Adelina Barriga Araneda, domiciliada en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2300905175-9, RIT 5690 - 2023, ha requerido en procedimiento simplificado a Carmen Adriana Muñoz San Martín, RUN 16.996.574-9, 34 años, cajera, domiciliada en calle Nahuelbuta Nº 1615 Temuco y Jonathan Alexis San Martín San Martín, RUN 16.318.067-7, 38 años, trabajos varios, domiciliado en calle Nahuelbuta Nº 1615 Temuco, representados por el abogado defensor penal don Enoc Saez Salazar, domiciliado en Portales N° 361, Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial, actas de rigor, declaración de víctima y testigos, antecedentes a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte de las personas imputadas, el tribunal tiene por establecidos los hechos del requerimiento en lo pertinente, esto es que, el día 22 de agosto de 2023, a eso de la 00: 05 horas los requeridos junto con un tercer sujeto no identificado se encontraban en el interior del Restobar Cumbres, ubicado en calle Fillippi N° 416 de Temuco ingeniero alimentos y diferentes tipos de bebidas alcohólicas y a la 00:05 horas al solicitarle que hicieran abandono del local toda vez que este estaba pronto a cerrar los imputados se ofuscaron con los vendedores GUSTAVO RIVERA RIVEROS y EDUARDO FÉLIX GREENE PARRA a quienes amenazaron señalándole que los iban a agredir, que volverían a balear el local y que los que iban a matar a todos, lo que provocó temor a los afectados, el tercer sujeto que acompañaba a los imputados huyó del sitio de suceso sin logra ser detenido. Que en cuanto a la calificación de los hechos, atendida la naturaleza del procedimiento y lo expuesto por los intervinientes, el tribunal se está a lo que indica el Ministerio Público en la audiencia, estimando que los hechos antes descritos configuran la falta consumada coa
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Carmen Adriana Muñoz San Martín, RUN 16.996.574-9, y a Jonathan Alexis San Martín San Martín, RUN 16.318.067-7, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, en calidad de autores de la falta consumada coacción en la persona Gustavo Rivera Riveros y Eduardo Félix Greene Parra, cometida en la comuna de Temuco el día 22 de agosto de 2023. II.- Que no se condena en costas a las personas sentenciadas por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que las penas de multa impuestas a las personas sentenciadas se tienen por cumplidas con el tiempo que estuvieron detenidas el día 22 de agosto de 2023. Quedan notificados personalmente los intervinientes y, en especial, las personas sentenciadas. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC 2300905175-9, RIT 5690 - 2023 Dictado por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco. Código: XYXMXXKZKCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XYXMXXKZKCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-28T15:17:41-0300
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Temuco, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal doña Adelina Barriga Araneda, domiciliada en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2300905175-9, RIT 5690 - 2023, ha requerido en procedimiento simplificado a Carmen Adriana Muñoz San Martín, RUN 16.996.574-9, 34 años, cajera, domiciliada en c
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