MP C/ JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS
Rol
O-6848-2023
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
1 Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Concepción, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal OCTAVIO STUARDO MELLADO Defensor CARLA LIZ CANALES ESCALONA Hora inicio 12:53 Hora término 13:09 Sala 3, Mario Martínez Ojeda Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2310049630-5 RIT 6848 - 2023 N° registro audio 2310049630-5-1082 Audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal, conforme a lo que establece el Capítulo VIII en sus artículos 60, 61 y 62 del Acta N° 71- 2016, de fecha 16 de junio de 2016, del Tribunal Pleno de la Corte Suprema. IMPUTADO RUT DIRECCION / OBSERVACIÓN JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS 0017947307-0 Sector Pobl. Sargento Aldea, Calle Los Sauces, Casa Nº 860, Florida. Apercibimiento Artículo 26 del Código Procesal Penal: Sí. Actuaciones efectuadas. Control de detención: Ámbito Hito RELACIONES: JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS Detenido el 25/09/2023, a las 20:30 horas, por funcionarios de Carabineros; no se cuestiona la legalidad de la detención. Requerimiento en procedimiento simplificado: Ámbito afectado Detalle Hito Fecha comisión 25/09/2023. Hora comisión 20:00 horas aproximadamente. Lugar comisión En el estacionamiento del Servicentro de Los Carrera N° 801 de Concepción. Porte Arma blanca tipo cuchillo. Grado participación Autor. Grado ejecución Consumado. Pena requerida 61 días de presidio menor en su grado mínimo días de prisión en su grado máximo, accesorias legales, comiso y costas de la causa. RELACIONES: JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS /Porte de arma cortante o punzante, artículo 288 bis del Código Penal. Circunstancias modificatorias responsabilidad penal No concurren. Hechos, antecedentes fundantes y citación de testigos: Constan íntegramente en el registro de audios del Tribunal, atendido lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Código: CKNTXXCMSXD Este documento
Fundamentos
considerando el mayor periodo privado de libertad que permaneció en estos antecedentes entre el día 25 y 26 de septiembre de 2023, la pena de multa impuesta se le da por cumplida. III. Que, atendida la admisión de responsabilidad, se le exime del pago de costas de la causa. Cúmplase, en su oportunidad, con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2310049630-5 RIT 6848 - 2023 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Orden de libertad: Ámbito Hito RELACIONES: JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS Ordena libertad. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ, Juez de Garantía de Concepción. Código: CKNTXXCMSXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: CKNTXXCMSXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-28T09:23:49-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS, cédula de identidad N° 17.947.307-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Concepción el 25 de septiembre de 2023, la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y se dispone además el comiso de la especie incautada con motivo de su detención. II. Que, considerando el mayor periodo privado de libertad que permaneció en estos antecedentes entre el día 25 y 26 de septiembre de 2023, la pena de multa impuesta se le da por cumplida. III. Que, atendida la admisión de responsabilidad, se le exime del pago de costas de la causa. Cúmplase, en su oportunidad, con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2310049630-5 RIT 6848 - 2023 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Orden de libertad: Ámbito Hito RELACIONES: JOSÉ LEONARDO AGUIRRE CONTRERAS Ordena libertad. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ, Juez de Garantía de Concepción. Código: CKNTXXCMSXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt
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1 Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Concepción, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal OCTAVIO STUARDO MELLADO Defensor CARLA LIZ CANALES ESCALONA Hora inicio 12:53 Hora término 13:09 Sala 3, Mario Martínez Ojeda Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2310049630-5 RIT 6848 - 2023 N° registro audio 2310
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