MP C/ CARLOS RENÉ DÍAZ VARGAS
Rol
O-3186-2023
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento y haber sido representado por la Defensoría Penal. Quedan los intervinientes personalmente notificados de lo resuelto el día de hoy. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC N°: 2300672478-7 RIT N° : 3186-2023 Dirigió la audiencia y resolvió don TITO EDGARDO ALARCÓN SALVO, Juez de Garantía de Osorno. Código: XXFPXXDJTVD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-28T10:09:23-0300
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15, 30, 49, 70, 446 N°3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y Ley 18. 216 se declara: I.- Que se condena a CARLOS RENE DIAZ VARGAS, Cédula Nacional de Identidad N°18.427.547-3, con domicilio en calle Yelcho N°2285, Osorno, actualmente en prisión preventiva en causa diversa en CCP de Ancud, a sufrir la pena de VEINTIUN (21) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, multa de 1/3 de UTM, suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su participación en calidad de autor del delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado en el art. 446 N°3 del Código Penal, hecho ocurrido el día 20 de junio del año 2023. II.- Que no concurriendo requisito alguno de la ley 18.216, la pena corporal impuesta por el delito de hurto simple, es de cumplimiento efectivo. III.- Que la pena de multa se tiene por cumplida por el tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad con motivo de la presente causa, esto es, de 21 de junio de 2023. IV.- No se condena en costas al sentenciado por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y haber sido representado por la Defensoría Penal. Quedan los intervinientes personalmente notificados de lo resuelto el día de hoy. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC N°: 2300672478-7 RIT N° : 3186-2023 Dirigió la audiencia y resolvió don TITO EDGARDO
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Osorno, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Hecho: El día 20 de junio de 2023 a las 13:30 horas, el imputado con ánimo de sustraer especies ingreso al supermercado líder de calle Errázuriz 1358 de Osorno, una vez en su interior sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño diferentes especies, consistentes en dos cortes de carne de v
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