ANONIMIZADO
Rol
C-613-2023
Fecha
23 de junio de 2023
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
No especificado
Hechos
Quilpué, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. A folio 8,9 y 10. Téngase por cumplido lo ordenado y por acompañadas declaraciones juradas de dos testigos y atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. Quilpué, veintitrés de junio de dos mil veintitrés.
Fundamentos
Considerando: 1° Que comparecen don Julio, cédula nacional de identidad N° NUM000, y doña Aymar, cédula nacional de identidad N° NUM001, solicitando se declare terminado por divorcio de mutuo acuerdo su Matrimonio. Fundamentando su acción, exponen, en lo medular, que contrajeron...
Texto Completo (Preview)
Quilpué, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. A folio 8,9 y 10. Téngase por cumplido lo ordenado y por acompañadas declaraciones juradas de dos testigos y atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. Quilpué, veintitrés de junio de dos
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