C/ VÍCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ DÍAZ
Rol
O-794-2023
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El 03 de marzo de 2023, en horas de la tarde, en el Pje. Los Aromos, Parcela 72, casa 6, Sector Noviciado, comuna Pudahuel, el acusado Ramón Ricardo Escobar Araya; aprovechando la ausencia de los moradores y/o víctimas de dicho inmueble, procedió a escalar el portón de acceso o vía no destinada al efecto, y procedió a ingresar al inmueble, registrando sus dependencias, y caja de seguridad, ubicada en el dormitorio, apoderándose de diversas especies, dinero en efectivo, joyas y ropa, todo lo cual fue avaluado en la suma de alrededor de $ 4.800.000.-, dándose a la fuga, dirigiéndose a su domicilio que ese encuentra en el mismo sector. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia cuyo texto íntegro consta en registro de audio conforme Acta N° 40 de la Excma. Corte Suprema de fecha 14 de marzo de 2014 Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 Nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 68, 440 número 1 del Código Penal, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 259, 279, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos 1 y 17 bis de la Ley 20603, SE DECLARA: I.- Que se condena a RAMÓN RICARDO ESCOBAR ARAYA, C.I. 17730292-9, ya individualizado, como autor de un delito consumado de Robo en lugar habitado a la pena de TRES AÑOSY UN DÍA de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales de Código: KZXXXXXJPXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de Libertad Vigilada Intensiva por igual término al de la pena corporal impuesta, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social respectivo; así como también cumplir durante el período de control con el Plan de Intervención Individua
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 Nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 68, 440 número 1 del Código Penal, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 259, 279, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos 1 y 17 bis de la Ley 20603, SE DECLARA: I.- Que se condena a RAMÓN RICARDO ESCOBAR ARAYA, C.I. 17730292-9, ya individualizado, como autor de un delito consumado de Robo en lugar habitado a la pena de TRES AÑOSY UN DÍA de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales de Código: KZXXXXXJPXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de Libertad Vigilada Intensiva por igual término al de la pena corporal impuesta, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social respectivo; así como también cumplir durante el período de control con el Plan de Intervención Individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales previstas en el artículo 17 de la ley 18.216. Para el evento de incumplimiento servirá de abono el tiempo que permaneció privado de libertad en esta causa entre el 4 de marzo de 2023 al día de hoy. III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, se orde
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. IMPUTADO RAMÓN RICARDO ESCOBAR ARAYA, C.I. 17730292-9 DELITO ROBO EN LUGAR HABITADO CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal.- RIT 794-2023 Hechos: El 03 de marzo de 2023, en horas de la tarde, en el Pje. Los Aromos, Parcela 72, casa 6, Sector Noviciado, comuna Pudahuel,
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