Juzgado de Garantía de Rengo.

AQUILES HERNAN HUINCAMAN GALLEGOS C/ SERGIO ANTONIO ROJAS ACEVEDO

Rol

O-214-2023

Fecha

26 de septiembre de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 8 de mayo del 2022, a las 09:50 horas, el requerido Sergio Antonio Rojas Acevedo fue sorprendido por personal policial en calle 15 de Abril con Apalta, quien choca la solera, por lo que personal de carabineros realiza el control de identidad preventivo, al momento de solicitar la documentación requerida, se percatan que estaba conduciendo en un evidente estado de ebriedad una motocicleta, marca Honda, modelo CB-150, color azul, placa patente AM-944. La ebriedad del requerido fue corroborada por examen intoxilyzer 1.68 gramos por mil de alcohol en la sangre e informe de alcoholemia que arrojó como dosificación 1.98 gramos por mil de alcohol en la sangre. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 196 y demás normas pertinentes de la Ley de Transito; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y pertinentes de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a SERGIO ANTONIO ROJAS ACEVEDOcédula de identidad N° 9447811-1, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD del artículo 196 de la Ley de Tránsito, perpetrado en grado de desarrollo CONSUMADO el día 08 de Mayo del año 2022, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS, eximiéndose del pago de las costas de la causa. II.- Que, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asistencia al C.A.I.S de Rengo, por el lapso de UN AÑO, debiendo además cumplir las condiciones del artículo 5 de

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a SERGIO ANTONIO ROJAS ACEVEDOcédula de identidad N° 9447811-1, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD del artículo 196 de la Ley de Tránsito, perpetrado en grado de desarrollo CONSUMADO el día 08 de Mayo del año 2022, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS, eximiéndose del pago de las costas de la causa. II.- Que, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asistencia al C.A.I.S de Rengo, por el lapso de UN AÑO, debiendo además cumplir las condiciones del artículo 5 de la Ley 18.216. Código: SXVYXXDERBE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl El sentenciado

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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