MP C/ OSCAR ARMANDO UGALDE PARADA
Rol
O-5192-2020
Fecha
21 de septiembre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos objeto del requerimiento. 2° No se condena en costas al Ministerio Público ni al querellante por haber tenido motivo plausible para iniciar la persecución penal. 3° Déjense sin efecto las medidas cautelares las cautelares si las hubiera, en este caso, déjese sin efecto la prisión preventiva que afecta al imputado desde el 3 de septiembre del presente año. Dese orden de libertad. Téngase por renunciado a los intervinientes a los plazos legales y por ejecutoriada la sentencia con esta fecha. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. RUC 2 5 2 42-5 RIT 51 2 – 2 2 Sentencia dictada por doña VERÓNICA RIVERA GONZÁLEZ, juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /dmr Código: QDEXXXHRFFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QDEXXXHRFFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-29T15:39:52-0300
Fundamentos
CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra se encuentra registrada en el audio pertinente.
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 3 , 39 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: 1° Que se ABSUELVE a OSCAR ARMANDO UGALDE PARADA, cédula de identidad . .39 -K, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra, como autor del delito hurto simple del artículo N°3 del Código Penal, en grado frustrado, hecho que habría ocurrido presuntamente el día de junio de , en esta ciudad, en perjuicio del supermercado Santa Isabel, ubicado en Avenida Pedro Montt N° 8 de esta ciudad, por no haberse reunido los antecedentes suficientes para acreditar los hechos objeto del requerimiento. 2° No se condena en costas al Ministerio Público ni al querellante por haber tenido motivo plausible para iniciar la persecución penal. 3° Déjense sin efecto las medidas cautelares las cautelares si las hubiera, en este caso, déjese sin efecto la prisión preventiva que afecta al imputado desde el 3 de septiembre del presente año. Dese orden de libertad. Téngase por renunciado a los intervinientes a los plazos legales y por ejecutoriada la sentencia con esta fecha. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. RUC 2 5 2 42-5 RIT 51 2 – 2 2 Sentencia dictada por doña VERÓNICA RIVERA GONZÁLEZ, juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /dmr Código: QDEXXXHRFFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificado
Texto Completo (Preview)
C/ OSCAR ARMANDO UGALDE PARADA, cédula de identidad . .39 -K, nacido el de enero de 99 , 33 años de edad, domiciliado en Los Melitenes N° 38 , Forestal, Viña del Mar. Valparaíso, veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra se encuentra registrada en el
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