FISCAL FELIPE GONZALEZ ANDAUR C/ JAIRO ANTONIO GONZÁLEZ RUIZ
Rol
O-166-2022
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 28, 31, 432, 436, del Código Penal; Ley 19.970; artículos 36, 38, 351, 406, 410 y sgtes del Código Procesal Penal, se declara: Código: FXWFXXLNZDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena al imputado DANIEL JESÚS GAJARDO MATELUNA N° 17340496-4, a la pena corporal de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de los ilícitos reiterados de ROBO CON INTIMIDACION, prescrito y sancionado en el artículo 432 en relación al art. 436 inciso 1° del Código Penal.- II.- Que la pena corporal deberá ser cumplida en forma efectiva, atendida su extensión, dejando constancia que el imputado permanece privado de libertad desde el día del control de su detención, 10 de abril de 2022, y luego sujeto a medida cautelar de prisión preventiva, en la que actualmente permanece, lo cual deberá certificarse por el Ministro de Fe, debiendo comunicarse a Gendarmería de Chile.- III.- Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el registro de condenados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970, previa toma de muestra biológica, si fuere necesario, por parte del Servicio Médico Legal. IV.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado por haber renunciado al juicio oral, máximo derecho establecido en su favor en el contexto del proceso penal, habiendo traído su aceptación un ahorro de recursos fiscales. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: FXWFXXLNZDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N°22000714
Fallo
se declara: Código: FXWFXXLNZDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena al imputado DANIEL JESÚS GAJARDO MATELUNA N° 17340496-4, a la pena corporal de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de los ilícitos reiterados de ROBO CON INTIMIDACION, prescrito y sancionado en el artículo 432 en relación al art. 436 inciso 1° del Código Penal.- II.- Que la pena corporal deberá ser cumplida en forma efectiva, atendida su extensión, dejando constancia que el imputado permanece privado de libertad desde el día del control de su detención, 10 de abril de 2022, y luego sujeto a medida cautelar de prisión preventiva, en la que actualmente permanece, lo cual deberá certificarse por el Ministro de Fe, debiendo comunicarse a Gendarmería de Chile.- III.- Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el registro de condenados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970, previa toma de muestra biológica, si fuere necesario, por parte del Servicio Médico Legal. IV.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado por haber renunciado al juicio oral, máximo derecho establecido en su favor en el contexto del proceso penal, habiendo traído su aceptación un ahorr
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Sentencia en procedimiento Abreviado Villa Alemana, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés.- (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada).- HECHO 1 (VILLA ALEMANA) PARTE 250 DE LA 6TA COMISARIA DE VILLA ALEMANA “ CON FECHA 20 DE ENERO DE 2022, SIENDO ALREDEDOR DE LAS 18:00 HRS., MIENTRAS PERSONAL DE LA SUCURSAL
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