TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN BERNARDO

C/ FABIÁN ANDRÉS CONTARDO NAVARRETE

Rol

O-195-2023

Fecha

26 de septiembre de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación presentada por el Ministerio Público, según el auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de San Bernardo, de fecha 25 de julio de 2 23, son los siguientes: “Que el día 02 de Agosto de 2022, alrededor de las 09:55 horas, en Av. Padre Hurtado, en la comuna de San Bernardo, funcionarios de Carabineros de Chile sorprendieron al imputado FABIAN ANDRES CONTARDO NAVARRETE en Código: TGXJXXLFFXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl posesión, conduciendo el vehículo patente JGPX-35, Marca Chevrolet, modelo Sail, el que registraba encargo vigente por el delito de hurto, mediante aplicación encargo api gobierno,/ brigada de robos Puerto Montt, e informe SEBV-202102- 1679, de fecha 09-02-2021, circunstancia que el imputado conocía o no podía menos que conocer.” Que los hechos descritos, en concepto del Ministerio Público constituyen el delito de Receptación de vehículo motorizado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, agrega que concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del texto legal citado, por lo que requiere se condene a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, una multa de 2 U T M , más las penas accesorias legales. TERCERO: Alegaciones del Ministerio Público. En su alegato de apertura, manifestó que el imputado fue sorprendido conduciendo el vehículo, fiscalizado por un control vehicular, por los vidrios polarizados del móvil, y en razón de la ley de tránsito, donde el personal policial verifica que la patente tenia encargo por robo, la revisión técnica era un documento que era falso, sin perjuicio, que no se le acusa por dicho delito. El acusado declara que lo compra a un precio bajísimo, con documentación evidentemente falsa. Durante la investigación no se pudo acreditar a quien se lo compra y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización. Que, el día jueves 21 del mes y año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, constituida por las magistradas doña María Pilar Valladares Santander, doña Katiuska Sobarzo Sobarzo y doña María Teresa Ramírez Soto, en calidad de presidente, integrante y redactora respectivamente, se celebró audiencia de juicio oral en causa R.U.C. N° - , seguida por el Ministerio Público, representado por la fiscal doña Carolina Castillo Navia, en contra de Fabián Andrés Contardo Navarrete, cédula nacional de identidad Nº 19 429 933-8, nacido en Santiago, el 3 de septiembre de 1996, 26 años, casado, trabajador independiente, estudios técnicos superior, domiciliado en valle Central N°11 447, villa Los Acacios, comuna de El Bosque, representado por don Rodrigo Molina de la Vega, abogado de la Defensoría Penal Pública. Todos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Contenido de la Acusación. Que, los hechos de la acusación presentada por el Ministerio Público, según el auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de San Bernardo, de fecha 25 de julio de 2 23, son los siguientes: “Que el día 02 de Agosto de 2022, alrededor de las 09:55 horas, en Av. Padre Hurtado, en la comuna de San Bernardo, funcionarios de Carabineros de Chile sorprendieron al imputado FABIAN ANDRES CONTARDO NAVARRETE en Código: TGXJXXLFFXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl posesión, conduciendo el vehículo patente JGPX-35, Marca Chevrolet, modelo Sail, el que registraba encargo vigente por el delito de hurto, mediante aplicación encargo api gobierno,/ brigada de robos Puerto Montt, e informe SEBV-202102- 1679, de fecha 09-02-2021, circunstancia que el imputado conocía o no podía menos que conocer.” Que los hechos descritos, en concepto del Ministerio Público constituyen el delito de Receptación de vehículo motorizado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, agrega que concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del texto legal citado, por lo que requiere se condene a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, una multa de 2 U T M , más las penas accesorias legales. TERCERO: Alegaciones del Ministerio Público. En su alegato de apertura, manifestó que el imputado fue sorprendido conduciendo el vehículo, fiscalizado por un control vehicular, por los vidrios polarizados del móvil, y en razón de la ley de tránsito, donde el personal policial verifica que la patente tenia encargo por robo, la revisión técnica era un documento que era falso, sin perjuicio, que no se le acusa por dicho delito. El acusado declara que lo compra a un precio bajísimo, con documentación evidentemente falsa. Durante la investigación no se pudo acreditar a quien se lo

Fallo

por tanto, el testimonio de ellos carece de credibilidad. Por lo que solicita, se condene al acusado a las penas indicadas en la acusación fiscal. CUARTO: Teoría de la Defensa. En su intervención inicial, expresa que solicitará la absolución del delito de receptación, porque no ha acreditado el elemento subjetivo de este delito. Si bien su defendido, estaba conduciendo el vehículo, él va a prestar declaración, y relatará como adquirió este vehículo y el uso que le iba dar, también la fecha en que lo adquirió, que es al menos, 7 meses después de este hurto en la ciudad de Puerto Montt. Agrega que las patentes eran las originales, lo mismo el seguro obligatorio y la revisión técnica, lo único en discusión es el permiso de circulación. No hay ningún otro elemento que pueda establecer el origen ilícito del vehículo, sin perjuicio, que el valor sea bajo, en el lugar donde los adquiere es el precio estándar, que no es una automotora, sino en el mercado ilegal. Código: TGXJXXLFFXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por último, señala que también rendirá prueba testimonial que dará cuenta de la adquisición del vehículo y del dinero para ello. En el discurso de cierre, solicita la absolución dado que, de la propia declaración de Miguel Ángel Soto Soto, quien hizo la denuncia, indica que el vehículo estaba en prenda, él era el nudo propietario, el propietario era otra persona, ello podemos corroborarlo con la decla

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TRIBUNAL : DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SAN BERNARDO. RUC - RIT - CONTRA : FABIAN ANDRES CONTARDO NAVARRATE. DELITO : RECEPTACIÓN (ABSOLUCIÓN). RIT GARANTIA - San Bernardo, martes veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización. Que, el día jueves 21 del mes y año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Ber

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