C/ CYNTHIA DEL CARMEN HERMOSILLA MORALES
Rol
O-2781-2023
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RU N°2300567790-4, RIT N°2781-2023 en contra de la imputada CYNTHIA DEL CARMEN HERMOSILLA MORALES, chilena, 22 años de edad, nacida el 01 de agosto de 2001, comerciante, cédula de identidad N°20.826.438-9, soltera, domiciliada en calle Salar de Llamara N°4193, comuna de Puente Alto, quien citada legalmente compareció a la audiencia, el que estuvo presente el representante del Ministerio Público el Sr. Fiscal don Gustavo Ahumada y por la Defensa el Sr. Defensor Penal Público don Felipe Bravo. En esta causa se presentó en su oportunidad requerimiento en procedimiento simplificado, y en la audiencia fijada al efecto, celebrada el 04 de agosto de 2023, la requerida al ser preguntada por el Juez, conforme al artículo 395 del Código Procesal Penal, solicitó la realización del juicio. El ilícito atribuido al requerido consiste en síntesis en: “Que el día 24 de mayo del año 2023, a las 15:50 horas aproximadamente, la requerida CYNTHIA DEL CARMEN HERMOSILLA MORALES, se encontraba al interior del Supermercado LIDER ubicado en Av. Santa Amalia # 1763, comuna de La Florida, donde sustrajo para sí, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, 02 pack de detergente liquido marca OMO, especies avaluadas en la suma de $ 46.360 pesos, las que oculto al interior de su mochila, traspasando el lineal de cajas, siendo sorprendida por los guardias de seguridad con las especies en su poder y sin haber pagado su valor comercial”. El ilícito antes indicado a juicio del Ministerio Público constituye un delito de Hurto Simple, del artículo 446 N° 3 del Código Penal y se le atribuye participación en calidad de autora. En atención a que en la especie no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Ministerio Público pidió se le imponga la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 5 unidades tributarias mensuales y costas de la causa. SEGUNDO: Que el Ministerio Público en su alegato de apertura pidió que se falle de acuerdo a lo hechos indicados en el requerimiento y dado que no concurrieron los testigos, prescindió de la restante prueba. Que la defensa efectuó la alegación en su alegato de apertura y clausura en los mismos términos que el Ministerio Público. TERCERO: Que no existiendo prueba para ser ponderada, existe más de una duda razonable acerca de la efectividad de la existencia del hecho como de una Código: NMFXXXCESGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl eventual participación que analizar a la luz del Código Penal. Se debe tener presente que el legislador al momento de consagrar la libertad probatoria para el sentenciador, al momento de hacer alusión a la “convicción del Tribunal”, en el artículo 340 del Código Procesal Penal, dotó de contenido a la misma al señalar que no se podrá lle
Fallo
se declara que: I.- Que se absuelve a la requerida CYNTHIA DEL CARMEN HERMOSILLA MORALES, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Regístrese y teniendo en consideración que los intervinientes han renunciado a los recursos legales para recurrir en su contra en la audiencia de rigor, téngasela por ejecutoriada y dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. DICTADA POR DOÑA ANDREA ACEVEDO MUÑOZ, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR DECIMOCUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Código: NMFXXXCESGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-26T14:48:38-0300
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Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RU N°2300567790-4, RIT N°2781-2023 en contra de la imputada CYNTHIA DEL CARMEN HERMOSILLA MORALES, chilena, 22 años de edad, nacida el 01 de agosto de 2001, comerciante,
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