Juzgado de Letras y Garantía de Curepto.

MP. C/ LUIS ALEXIS CALDERÓN CALDERÓN

Rol

O-17-2023

Fecha

21 de septiembre de 2023

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “El día 18 de febrero del año 2023, aproximadamente a las 13:00 horas, en circunstancias que familiares de la víctima se encontraban de visita en el domicilio de éste, ubicado en Sector Constantué s/n comuna de Curepto, instantes en que comienza una discusión entre su hermana Esmerarda y sus hijos. En ese momento la victima LUIS CALDERON ALVAREZ ingresa al domicilio y la requerida MARIA ALEJANDRA CALDERON, va a la cocina sacando un sartén el cual pretendía lanzar a su hermano y al no conseguir su objetivo propina un golpe con el mismo sartén en el rostro de la víctima resultando con una herida cortante con hemorragia discreta en la zona lateral, supraciliar derecha, aproximadamente un centímetro de carácter clínicamente leve. RESOLUTIVO: En Curepto, quince de octubre de dos mil veinte. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 50, 68, 69, 399, 494 N° 5 del Código Penal, en relación estos últimos al artículo 5° de la Ley 20.066, artículo 45, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4º de la Ley 18.216 y demás nomas aplicables, se declara: : Código: NLLWXXHGZFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a don MARIA ALEJANDRA CALDERÓN CALDERÓN, cédula de identidad N° 20.052.803-4, como autora del ilícito de lesiones menos graves dentro del contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 494 N° 5 en relación con el artículo 399 del Código Penal y artículo 5 de la ley 20.066, en calidad de autor y en grado de consumado, perpetrado el día 18 de febrero del año 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal a sufrir la pena ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida atendido el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, el día 18 de febrero del 202

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 50, 68, 69, 399, 494 N° 5 del Código Penal, en relación estos últimos al artículo 5° de la Ley 20.066, artículo 45, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4º de la Ley 18.216 y demás nomas aplicables, se declara: : Código: NLLWXXHGZFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a don MARIA ALEJANDRA CALDERÓN CALDERÓN, cédula de identidad N° 20.052.803-4, como autora del ilícito de lesiones menos graves dentro del contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 494 N° 5 en relación con el artículo 399 del Código Penal y artículo 5 de la ley 20.066, en calidad de autor y en grado de consumado, perpetrado el día 18 de febrero del año 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal a sufrir la pena ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida atendido el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, el día 18 de febrero del 2023. II.-Se condena, a la ya individualizada a la pena accesoria del artículo 9 de la ley 20.066 en su numeral B, esto es la prohibición de la sentenciada a acercarse a la víctima Luis Elizandro Calderón Alvarez, como a su domicilio ubicado en el sector de Constantué sin número de la comuna de Curepto, como a su lugar

Texto Completo (Preview)

Fecha Curepto, veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado ROLANDO ANTONIO CORREA PESANTE Fiscal MAGDALENA ROJAS CAMPOS Defensor FRANCISCO DIAZ ORELLANA Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curepto. RUC 23001188173-6 RIT 17 - 2023 IMPUTADO PRESENTE RUT DIRECCION COMUNA MARÍA ALEJANDRA CALDERÓN CALDERÓN 0020052803-4 Calle Folclor Infantil 2128. Departamento Nº 208 CERRILLOS. SENT

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