ARAYA/MUNICIPALIDAD DE MAIPU
Rol
C-34932-2018
Fecha
2 de noviembre de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 9 de noviembre de 2018, comparece ADRIANA ANG LICA ARAYA ABARCAÉ , pensionada, domiciliada en Pasaje Jaime Galte Carre N 2121, departamento 204, Villa Los H roes de Iquique,° é comuna de Maip , quien interpone demanda de prescripci n extintiva de laú ó acci n de cobro de derechos de aseo municipal, en juicio ordinario deó menor cuant a, en contra de la í ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente porí ú su Alcaldesa, Catherine Barriga Guerra, ambas con domicilio en Av. Cinco de Abril N 260, comuna de Maip . ° ú En cuanto a los argumentos de hecho, asevera ser residente y propietaria del inmueble ubicado en Pasaje Jaime Galte Carre N 2121,° departamento 204, Villa Los H roes de Iquique, comuna de Maip ,é ú conforme acreditar a el certificado de dominio vigente y de residencia queí acompa a.ñ Expone que el inmueble adeuda derechos de aseo desde el 30 de abril del a o 2001 hasta el 30 de noviembre del a o 2005, seg n constar a en elñ ñ ú í informe de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de Maip , sinú embargo, la demandada no habr a iniciado acci n de cobro alguna en suí ó contra. Por otra parte, en cuanto a los argumentos de derecho, cita los art culos 2493, 2514 y 2521 del C digo Civil y arguye que la acci n tieneí ó ó por objeto la declaraci n de la inactividad del acreedor por no efectuar eló cobro de lo adeudado respecto al per odo comprendido entre el 30 de abrilí del a o 2001 y el 30 de noviembre del a o 2005, que asciende a un montoñ ñ de $ 350.828, y, de haber transcurrido el plazo de tres a os que la leyñ dispone para ello. Concluye solicitando tener por interpuesta demanda de prescripci nó en contra de la demandada ya singularizada, declar ndose, en definitiva, laá C-34932-2018 prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal,ó ó
Fundamentos
considerando sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas, respecto del inmueble de su propiedad ubicado en Pasaje Jaime Galte Carre N° 2121, departamento 204, Villa Los H roes de Iquique, comuna de Maip ,é ú cuya deuda asciende a $ 350.828. Con fecha 9 de octubre de 2020, se practic la notificaci n de laó ó demanda y su prove do. í Con fecha 16 de octubre de 2020, comparece Jan Aeschlimann Meuli, abogada en representaci n de la Alcaldesa de la Municipalidad deó Maip , Catherine Barriga Guerra, la cual, evacuando el tr mite de laú á contestaci n, solicita se tenga por allanada a su representada respecto a laó demanda de prescripci n extintiva incoada, no conden ndosele en costasó á atendido que su motivo plausible para litigar es la no dilataci n del juicio,ó toda vez que por mandato expreso de la Contralor a General de laí Rep blica las Municipalidad se encuentran inhabilitadas para condonarú deudas, siendo el allanamiento la nica actitud procesal id nea para lograrú ó el reconocimiento de la prescripci n de los tributos de los contribuyentes. ó Con fecha 22 de octubre de 2020, atendido el allanamiento de la demandada y de conformidad a lo dispuesto en los art culos 698 N 1 y 313í ° del C digo de Procedimiento Civil, se cit a las partes para o r sentencia.ó ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Adriana Ang lica Araya Abarca é deduce demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos deó ó aseo municipal contra la Ilustre Municipalidad de Maip , esgrimiendo comoú fundamento el transcurso del lapso de m s de tres a os desde que laá ñ obligaci n de deuda por tal concepto se hizo exigible respecto al inmuebleó de su propiedad, ubicado en Pasaje Jaime Galte Carre N 2121,° departamento 204, Villa Los H roes de Iquique, comuna de Maip , por elé ú per odo comprendido entre el í 30 de abril del a o 2001 y el 30 deñ noviembre del a o 2005 yñ cuyo monto asciende a $ 350.828, m s reajustes,á intereses y multas, sin haberse interpuesto acci n de cobro alguna en suó contra que interrumpiera el plazo de prescripci n. ó SEGUNDO: Que, debidamente emplazada, la demandada se allanó a la pretensi n impetrada en autos. ó C-34932-2018 TERCERO: Que, para la prueba de sus asertos, la parte demandante acompa , en forma legal, dentro de plazo y sin objeci n deñó ó contrario, la siguiente prueba documental: 1) Certificado de dominio vigente del inmueble ubicado en Pasaje Jaime Galte Carre N 2121, departamento 204, perteneciente a° Copropiedad siete, sitio tres de la manzana B, de la Poblaci nó H roes de Iquique, de la comuna de Maip , inscrito a fojasé ú 40.622, n mero 66.338 correspondiente al Registro de Propiedadú del a o 2006, emitido por el Conservador de Bienes Ra ces deñ í Santiago, con fecha 14 de junio de 2018. 2) Certificado de Residencia de Adriana Araya Abarca respecto del inmueble ya singularizado, emitido por la Junta de Vecinos el Conquistador de Maip , con fecha 19 de junio de 2018.ú 3) Informe de deudas de derechos de as
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto adem s, lo dispuestoá en los art culos 1698, 1699, 1700, 1702, 2514, 2515, 2521 del C digo Civil;í ó disposiciones pertinentes del Decreto Ley N 3063 sobre Rentas° Municipales; y los art culos 144, 160, 169, 170, 254 y 342 del C digo deí ó Procedimiento Civil, se declara:, SE DECLARA: I. Que se acoge la acci n deducida con fecha 9 de noviembre deó 2018, declar ndose pá rescrita la acci n de cobro de derechos de aseoó municipal de que era titular la Ilustre Municipalidad de Maip , respecto alú inmueble de propiedad de la demandante, ubicado en Pasaje Jaime Galte Carre N 2121, departamento 204, Villa Los H roes de Iquique, comuna° é de Maipú, devengados en el per odo que media entre los d as í í 30 de abril del a o 2001 y 30 de noviembre del a o 2005ñ ñ , ambos inclusive, y que ascienden a un monto de $ 350.828. II. Que cada parte pagar sus costas, atendido el allanamiento deá la demandada. REG STRESE, NOTIF QUESE, Y EN SU OPORTUNIDAD,Í Í ARCH VESE.Í PRONUNCIADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Noviembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla
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C-34932-2018 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-34932-2018 CARATULADO : ARAYA/MUNICIPALIDAD DE MAIPU Santiago, dos de Noviembre de dos mil veinte. VISTOS: Con fecha 9 de noviembre de 2018, comparece ADRIANA ANG LICA ARAYA ABARCAÉ , pensionada, domiciliada en Pasaje Jaime Galte Carre N 2121, departamento 204, Villa Los H roes de Iquique,° é comuna
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