7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JOSÉ RAÚL VIVANCO AEDO

Rol

O-15176-2022

Fecha

25 de septiembre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 27 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 07:15 horas, al interior del inmueble ubicado en calle Manuel Antonio Tocornal Nº 383, comuna de Santiago, el requerido JOSE RAUL VIVANCO AEDO amenazó tras una discusión a su compañero de trabajo, la víctima SERGIO HERNAN HERMOSILLA SILVA, de 77 años de edad, manifestándole entre insultos que era un viejo maricón y que lo iba a matar. Tras ello lo agredió, empujándolo contra una muralla, cayendo la víctima al suelo, lugar donde el imputado lo continuó agrediendo, propinándole golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo. Producto de lo anterior la víctima resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en HEMATOMA EN PALMA DERECHA, según da cuenta el correspondiente boletín de atención médica. SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a JOSÉ RAÚL VIVANCO AEDO, ya individualizado, por el del ilícito de AMENAZAS SIMPLES, prevista y sancionada en el del artículo 296 N° 3 del Código Penal. II.-Que se CONDENA a JOSÉ RAÚL VIVANCO AEDO, ya individualizado, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad como AUTOR del ilícito de LESIONES LEVES, prevista y sancionada en el del artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, 27 de diciembre de 2022. Código: CTFCXXQRSEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se suspende por 6 meses, en virtud de la aplicación del artículo 398 del Código Procesal Penal. IV.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renuncian a plazos legales. Dictada por don PONCI

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a JOSÉ RAÚL VIVANCO AEDO, ya individualizado, por el del ilícito de AMENAZAS SIMPLES, prevista y sancionada en el del artículo 296 N° 3 del Código Penal. II.-Que se CONDENA a JOSÉ RAÚL VIVANCO AEDO, ya individualizado, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad como AUTOR del ilícito de LESIONES LEVES, prevista y sancionada en el del artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, 27 de diciembre de 2022. Código: CTFCXXQRSEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se suspende por 6 meses, en virtud de la aplicación del artículo 398 del Código Procesal Penal. IV.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renuncian a plazos legales. Dictada por don PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Códi

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Santiago., veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2201305735-8 RIT: 15176 - 2022 IMPUTADO: JOSÉ RAÚL VIVANCO AEDO C.I. 0008667289-8 DELITO AMENAZAS SIMPLES ABSUELTO artículo 296 N° 3 del Código Penal LESIONES LEVES CONDENADO artículo 494 N° 5

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