2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FELIZOR CON MODELERIA METALURGICA LIMITADA

Rol

M-1666-2020

Fecha

25 de febrero de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 10, 162, 163, 173, 425 y siguientes, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: 1) Que se acoge la demanda presentada por don JONAS FELIZOR en contra de la empresa MODELERIA METALÚRGICA LIMITADA, representada ésta última por don HERACLIO VALENZUELA MAGAÑA, en cuanto se declara que el empleador ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, y en consecuencia, se le condena a pagar las siguientes prestaciones: a) La suma de $398.750.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $797.500.- por concepto de indemnización por 2 años de servicio. c) La suma de $398.750.- por concepto de recargo legal del 50% del artículo 171 del Código del Trabajo. d) La suma de $425.333.- por concepto de remuneraciones adeudadas por el mes de febrero del 2020 y 2 días de marzo del 2020. e) La suma de $558.249.- por concepto de dos periodos de feriado legal, periodo 2018 a 2019 y 2019 a 2020. f) La suma de $13.291.- por concepto de feriado proporcional. g) Que, así mismo se condena a la demandada al pago de las cotizaciones de seguridad social por el periodo comprendido entre febrero del 2018 y marzo del 2020, en las instituciones de AFP Plan Vital, FONASA y AFC Chile y se le condena, además, a la sanción del artículo 162° incisos 5° y 7° del Código del Trabajo, en cuanto deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, desde la fecha de autodespido, esto es el 02 de marzo del 2020 y hasta la convalidación del mismo a razón de $398.750.- mensuales. 2) Que no se condena en costas a la parte demandada, al no haberse opuesto formalmente a la presente demanda. 3) Se ordena cumplir con los oficios a los que se refiere el artículo 461 del Código del Trabajo, en su oportunidad. 4) Una vez ejecutoriada la presente sentencia, se ordena certificar esta circunstancia, para los efectos de que se otorgue copia a la parte

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 10, 162, 163, 173, 425 y siguientes, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: 1) Que se acoge la demanda presentada por don JONAS FELIZOR en contra de la empresa MODELERIA METALÚRGICA LIMITADA, representada ésta última por don HERACLIO VALENZUELA MAGAÑA, en cuanto se declara que el empleador ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, y en consecuencia, se le condena a pagar las siguientes prestaciones: a) La suma de $398.750.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $797.500.- por concepto de indemnización por 2 años de servicio. c) La suma de $398.750.- por concepto de recargo legal del 50% del artículo 171 del Código del Trabajo. d) La suma de $425.333.- por concepto de remuneraciones adeudadas por el mes de febrero del 2020 y 2 días de marzo del 2020. e) La suma de $558.249.- por concepto de dos periodos de feriado legal, periodo 2018 a 2019 y 2019 a 2020. f) La suma de $13.291.- por concepto de feriado proporcional. g) Que, así mismo se condena a la demandada al pago de las cotizaciones de seguridad social por el periodo comprendido entre febrero del 2018 y marzo del 2020, en las instituciones de AFP Plan Vital, FONASA y AFC Chile y se le condena, además, a la sanción del artículo 162° incisos 5° y 7° del Código del Trabajo, en cuanto deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones consignadas

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 2 RUC 20-4-0274400-7 RIT M-1666-2020 MAGISTRADO RODRIGO VERA GARCÍA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 10:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:05 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040274400

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