KATHERINE NICOLE RUIZ CORREA C/ RENE IGNACIO MORALES DIAZ
Rol
O-5826-2022
Fecha
22 de septiembre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO además lo dispuestos por los Art. 1, 2, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 49, 70 del Código Penal; artículos 1, 4 y siguientes de la Ley 20.000, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 19.970 SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a RENÉ IGNACIO MORALES DÍAZ , cédula de identidad número 0021189659-0 , ya individualizado, como autor del delito consumado de MICROTRAFICO previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000 perpetrado en la comuna de San Rafael el día 22 de febrero de 2022 a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de 6 unidades tributarias mensuales pagaderas en 12 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de ½ unidad tributaria mensual cada una, a partir del mes siguiente que la presente sentencia quede firme o ejecutoriada, al establecimiento de su huella genética y al COMISO de las especies incautadas. II. Reuniéndose los requisitos que establece el Art. 4 de la Ley 18.216 se le concede el beneficio de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, quedando sujeto a la vigilancia y observación de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Talca por el lapso de 1 AÑO, con las demás exigencias legales y reglamentarias, sin abonos a su favor. III. Que se le exime del pago de las costas de la causa.- Cúmplase con el Artículo 468 del Código Procesal Penal. REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHIVESE. Código: XGTKXXTEJEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto Ministerio Público, y defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la sentencia queda firme con esta fecha. Se apercibe al condenado para que se presente ante el Centro de Reinserción Social de Talca el día 02-10-2023 en horas de la mañana. Dirigió la audiencia y resolvió - VICTOR MANUEL ROJAS OYARCE. Código: XGTKXXTEJEC Este document
Fallo
Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuestos por los Art. 1, 2, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 49, 70 del Código Penal; artículos 1, 4 y siguientes de la Ley 20.000, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 19.970 SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a RENÉ IGNACIO MORALES DÍAZ , cédula de identidad número 0021189659-0 , ya individualizado, como autor del delito consumado de MICROTRAFICO previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000 perpetrado en la comuna de San Rafael el día 22 de febrero de 2022 a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de 6 unidades tributarias mensuales pagaderas en 12 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de ½ unidad tributaria mensual cada una, a partir del mes siguiente que la presente sentencia quede firme o ejecutoriada, al establecimiento de su huella genética y al COMISO de las especies incautadas. II. Reuniéndose los requisitos que establece el Art. 4 de la Ley 18.216 se le concede el beneficio de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, quedando sujeto a la vigilancia y observación de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Talca por el lapso de 1 AÑO, con las demás exigencias legales y reglamentarias, sin abonos a su favor. III. Que se le exime del pago de las costas de la causa.- Cúmplase con el Artículo 468 del Código Procesal Penal. REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHIVESE. Código:
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Talca., veintidós de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado VICTOR MANUEL ROJAS OYARCE Fiscal MARCELO ALBORNOZ TRONCOSO POR RODRIGO ALEJANDRO MORENO BRAVO Defensor SEBASTIAN CARRAZANA GALVEZ POR CLAUDIA ANGÉLICA LANDEROS GARRIDO Hora inicio 09:30AM Hora termino 10:02am Sala SEGUNDA SALA audios 4 y 5 Tribunal Juzgado de Garantí
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