Juzgado de Letras de Colina

SEPÚLVEDA/INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A.

Rol

O-355-2021

Fecha

25 de febrero de 2022

Materia

Asignación de experiencia, Asignaciones especiales, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Multa, Nulidad del despido, Otras Gratificaciones, Otras Indemnizaciones, Otras Materias Sindicales, Prestaciones, Primas, Reajustes e intereses, Recargos, Regalías, Remuneraciones, Sueldo

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Conforme a las consideraciones que constan en el registro de audio, y visto además, lo establecido en los artículos 1, 4, 7, 9, 160 N°7, 162, 171 y 420 del Código del Trabajo: I.- Se acoge la demanda interpuesta por la abogada EUGENIA VALENTINA PEÑAFIEL NAVARRO, en representación de MARIO ANDRÉS SEPÚLVEDA BUENO, C.I. N° 14.175.452-1, solo en cuanto declaro que el despido indirecto del demandante es procedente, y queda condenada la parte demandada INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A., Rut. 87.579.600-3, a pagarle al demandante los siguientes conceptos y montos: i. $1.195.734.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. ii. $13.153.074.- por indemnización por once años de servicio. iii. $6.576.537.- por recargo del 50% de la suma anterior. iv. $721.627.- por remuneración del mes de abril de 2021. v. $67.893.- por bono de aguinaldo de navidad 2020. vi. $661.801.- por compensación de todo el feriado reclamado. vii. Las cotizaciones previsionales, que deberán enterarse en las instituciones correspondientes; Banmedica, de enero a mayo de 2021; AFP Habitat de octubre de 2020 y hasta mayo de 2021; en el caso de AFC, las cotizaciones desde octubre de 2020 y hasta mayo de 2021. Las cotizaciones deberán pagarse en las instituciones previsionales que en cada caso corresponda. Todo lo anterior con reajustes e intereses legales. Se rechaza en lo demás la demanda intentada. II.- Libero del pago de las costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida. Regístrese, anótese y en su oportunidad archívese. RIT O-355-2021 Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dictó Don CRISTIAN RODRIGO MARCHANT LILLO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Colina. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Colina, veinticinco de febrero de dos mil veintidós.- Registro de audio.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25/02/2022 RUC 21-4-0356507-2 RIT O-355-2021 MAGISTRADO CRISTIAN MARCHANT LILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS GABRIELA MORÁN PIZARRO HORA DE INICIO 09:05 HORAS HORA DE TERMINO 11:10 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140356507-2-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE NO COMPARECE ABOGADO LEANDRO MARCELO MERINO CELIS PARTE DEMANDADA COMP

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