TORRES/FERNÁNDEZ
Rol
O-568-2021
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 VIRTUAL RUC 21-4-0317570-3 RIT O-568-2021 MAGISTRADO GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARÍA JOSÉ DOMÍNGUEZ ANDRADES HORA DE INICIO 11.16 HRS. HORA DE TÉRMINO 11.36 HRS. N° REGISTRO DE AUDIO 2140317570-3-1349-220225-00 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIENTE LEONOR GIOCONDA TORRES OLGUÍN ABOGADO PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE JULIO ÁLVAREZ CAMPOS FORMA DE NOTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO PARTE DEMANDADA NO COMPARECIENTE JORGE ANTONIO FERNÁNDEZ TRULLÉN FORMA DE NOTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) AUTORIZA PODER X DEMANDANTE INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X DICTACIÓN DE SENTENCIA X Se deja constancia que la parte demandada no comparece a la parece audiencia, sin perjuicio de encontrarse válidamente notificada. Autoriza poder: Al escrito de delega poder presentado por el apoderado de la parte demandante: Téngase presente. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Finiquito del trabajador de fecha 21 de diciembre del 2020. 2) Liquidaciones de remuneración de los meses de noviembre y octubre del 2020. 3) Constancia de Carabineros de fecha 4 de enero del 2021. 4) Certificado de cotizaciones de AFP PROVIDA de fecha 23 de diciembre del 2020. 5) Pantallazo de wsp entre el actor y la demandada de los meses noviembre y diciembre 2020. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante y decreta su custodia. Confesional: Atendido que el representante legal de la demandada no comparece a la presente audiencia, la parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal correspondiente. El Tribunal resuelve dejar su resolución para sentencia definitiva. Te
Fundamentos
considerando una remuneración de $469.850.- (Cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta pesos). V. Que la demandada deberá pagar a las instituciones AFP Provida y FONASA las cotizaciones previsionales adeudadas, de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, enero a noviembre del año 2020, considerando para ello una remuneración de $469.850.- (Cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta pesos); VI. Que las sumas señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes legales, señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda; VII. Que se condena en costas a la demandada, regulándose estas en la suma de $200.000.- (Doscientos mil pesos) VIII. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
Por tanto, en virtud de lo expuesto, y de lo dispuesto en los artículos 63, 67, 71, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 432, 453 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas legales aplicables se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por LEONOR GIOCONDA TORRES OLGUÍN, en contra de JORGE ANTONIO FERNÁNDEZ TRULLEN II. Que el despido de la actora fue injustificado, al carecer de causal legal y cumplimiento de formalidades III. Que producto de lo anterior la parte demandada JORGE ANTONIO FERNÁNDEZ TRULLEN deberá pagar a la demandante r LEONOR GIOCONDA TORRES OLGUÍN las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $469.850.- (Cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta pesos); b. indemnización por años de servicio por un monto de $5.168.350.- (Cinco millones ciento sesenta y ocho mil trescientos cincuenta pesos); c. recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicio por un monto de $2.584.175.- (dos millones quinientos ochenta y cuatro mil ciento setenta y cinco pesos); d. feriado legal por un monto de $328.895.- (Trescientos veintiocho mil ochocientos noventa y cinco pesos); e. feriado proporcional por un monto de $301.487.- (trescientos un mil cuatrocientos ochenta y siete pesos); f. remuneración íntegra del mes de noviembre de 2021 por un monto de $469.850.- (Cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta pesos). IV. Que el despido es nulo, y por tanto no ha producido el ef
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 VIRTUAL RUC 21-4-0317570-3 RIT O-568-2021 MAGISTRADO GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARÍA JOSÉ DOMÍNGUEZ ANDRADES HORA DE INICIO 11.16 HRS. HORA DE TÉRMINO 11.36 HRS. N° REGISTRO DE AUDIO 2140317570-3-1349
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica