MP C/ OSCAR ESTEBAN VICUÑA GÓMEZ
Rol
O-962-2021
Fecha
22 de septiembre de 2023
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 10 de febrero 2021 alrededor de las 15:15 horas el imputado se encuentra en Avenida San Martín con calle Bueras lugar en donde se encontraba repartiendo panfletos y en esa circunstancia pasó por el lugar la víctima Doña Rosa Adelina Miranda Recabarren donde el imputado procedió a ofrecerle un volante a la víctima donde está le señalo que no le interesaba y el sujeto procedió a señalarle “Ay mijita rica”, para luego realizar una acción de significación sexual consistente en tocación en el trasero, procediendo con sorpresa respecto de la víctima, llamando la víctima a carabineros donde luego de un momento procedió a contarle lo sucedido a su marido indicándole que había sido el imputado, llegando carabineros al lugar y procediendo a la detención. El Ministerio Público recalifica los hechos a la infracción al artículo 494 ter N° 1 del Código Penal Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia Rancagua, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos pertinentes, se declara: I.- Que se CONDENA A OSCAR ESTEBAN VICUÑA GÓMEZ, ya individualizado, al pago de una MULTA DE TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES por su responsabilidad en calidad de autor de la falta del artículo 464 ter N° 1 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 10 de febrero de 2021. II.- En atención a la admisión de responsabilidad realizada en audiencia no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. Código: NGPVXXVLGLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudic
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A OSCAR ESTEBAN VICUÑA GÓMEZ, ya individualizado, al pago de una MULTA DE TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES por su responsabilidad en calidad de autor de la falta del artículo 464 ter N° 1 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua el día 10 de febrero de 2021. II.- En atención a la admisión de responsabilidad realizada en audiencia no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. Código: NGPVXXVLGLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl III.- No habiéndose solicitado plazo para el pago de la multa esta se hará exigible una vez que el fallo se encuentre ejecutoriado. En el evento que el sentenciado careciere de bienes para satisfacer la pena de multa, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de unidad tributaria mensual a que fue condenado, en este caso 09 de días de reclusión o prestación de servicios en beneficio de la comunidad si esto fuere oportunamente solicitado. Para el evento de hacerse efectivo el apercibimiento antes indicado, sirvan de abono los días 11 de febrero, 11 de mayo, 17 de junio, 20 y 21 de noviembre del año 2022, 11 y 12 de marzo de 2023, 20 al 23 de junio de 2023 ambas fechas
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veintidós de septiembre de dos mil veintitrés Ruc: 2100137598-6 Rit: 962 - 2021 Hora Inicio: 12:31 Hora Término: 12:45 Juez: PAZ VICTORIA REYES MORENO Tipo de Audiencia: Control de detención Imputado: Oscar Esteban Vicuña Gómez C.I. N° 0018612973-
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