4º Juzgado de Letras de Copiapó

SAN AGUSTÍN SPA/

Rol

V-2769-2018

Fecha

2 de noviembre de 2020

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 12 de noviembre de 2018, compareció don Héctor Miguel Marambio Astorga, abogado, chileno, casado, Rut N° 9.974.498- 7, domiciliado para estos efectos en Callejón San Francisco, parcela N° 8, Piedra Colgada, Copiapó, en representación de ASESORÍA INTEGRAL SAN AGUSTÍN SpA, o San Agustín SpA, sociedad del giro asesoría, RUT N° 76.489.786-2, de nacionalidad chilena, domiciliada en calle San Antonio N° 19, oficina N° 700, comuna y ciudad de Santiago, solicitando la concesión de explotación denominada “King Li 15, 1 al 10”, sobre una superficie de 30 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna y provincia de Copiapó, Región de Atacama. SEGUNDO: Que tal manifestación se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, el día 29 de noviembre de 2018, a Fojas 5.677 vta. Nº 3.522 del mismo año, y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.227 del 12 de diciembre de 2018. TERCERO: Que el 20 de junio de 2019, se solicitó la mensura de las 10 pertenencias mineras manifestadas, con una superficie total de 30 hectáreas, habiéndose publicado la petición el día 22 de julio de 2019 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.409. CUARTO: Que la manifestación comprende 10 pertenencias de 3 hectáreas cada una, con una superficie total de 30 hectáreas, las que en definitiva fueron mensuradas, siendo los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (m) ESTE (m) L1 7.008.300,00 486.000,00 L2 7.008.300,00 487.000,00 L3 7.008.000,00 487.000,00 L4 7.008.000,00 486.000,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 7.008.150,00 metros Norte con la abscisa 486.500,00 metros Este. QUINTO: Que a Folio 14 rola ordinario N° 002124 del 13 de abril de 2020, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de mensura de las pertenencias aquí solicitadas, las que fueron cumplidas por el solicitante en tiempo. Luego, en Folio 25, rola ordinario N° 5057 del 28 de septiembre de 2020 mediante el cual el Servicio informó que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Que el perito presentó declaración jurada al Servicio, como antecedente técnico, de acuerdo a lo establecido por el Art.33 Bis del Reglamento del Código de Minería, acreditando que el hito de mensura y los linderos vértices L2 y L3 han sido correctamente colocados; los linderos vértices L1 y L4 no fueron colocados por las causas expresadas en el Acta. SEXTO: Que en Folio 20 y con fecha 16 de junio de 2020, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas. SÉPTIMO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. OC

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44,59, 85 y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “KING LI 15, 1 AL 10”, Rol Nacional Nº 03201-D287-2, con una superficie total de 30 hectáreas, a favor de ASESORÍA INTEGRAL SAN AGUSTÍN SpA, o San Agustín SpA, ya antes individualizada. II.- Apruébense su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad. Dictada por don PATRICIO EDUARDO VERGARA MORA, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a dos de noviembre de dos mil veinte. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.- avt Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-02T16:38:34-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2769-2018 CARATULADO : SAN AGUSTÍN SPA/ Copiapó, dos de noviembre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 12 de noviembre de 2018, compareció don Héctor Miguel Marambio Astorga, abogado, chileno, casado, Rut N° 9.974.498- 7, domiciliado para estos efectos en Callejón San Francisco, parc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica