4º Juzgado de Letras de Copiapó

HAWAS/

Rol

V-2946-2018

Fecha

2 de noviembre de 2020

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 07 de diciembre de 2018, compareció don Elías Hawas Isa, chileno, casado, factor comercio, cédula de identidad N° 3.606.052-2, domiciliado en calle Los Carrera N° 541, comuna de Copiapó, solicitando la concesión de explotación denominada “CIRUELO 3R, 1 AL 20”, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Copiapó, provincia de Copiapó, Tercera región de Atacama, haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “CIRUELO 3”, cuyo pedimento se presentó en el Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, el 11 de agosto de 2014, y se constituyó mediante sentencia de fecha 15 de diciembre de 2014. SEGUNDO: Que tal manifestación se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, con fecha 11 de diciembre de 2018, a Fojas 5.806 vta. Nº 3.599 del mismo año, y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.237 del 24 de diciembre de 2018. TERCERO: Que el 12 de julio de 2019, se solicitó la mensura de las 20 pertenencias manifestadas denominadas “Ciruelo 3R, 1 al 20”, con una superficie de 100 hectáreas, habiéndose publicado tal petición el día 24 de julio de 2019 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.411. CUARTO: Que en folio 13 y con fecha 06 de marzo de 2020, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas. QUINTO: Que la mensura comprende solo 19 de las 20 pertenencias originalmente solicitadas mensurar, con una superficie total de 91 hectáreas y con el nombre de “CIRUELO 3R, 1 AL 19”, y las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro de la mensura son: VÉRTICE NORTE (m) ESTE (m) L1 7.001.500,00 403.000,00 L2 7.001.500,00 404.000,00 L3 7.000.500,00 404.000,00 L4 7.000.500,00 403.000,00 Y las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro interior de la mensura son: L5 7.001.100,00 403.100,00 L6 7.001.100,00 403.400,00 L7 7.000.800,00 403.400,00 L8 7.000.800,00 403.100,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 7.001.000,00 metros Norte con la abscisa 403.500,00 metros Este. SEXTO: Que a folio 14 rola ordinario N° 003044 del 04 de junio de 2020, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de mensura de las pertenencias aquí solicitadas, las que fueron cumplidas por el solicitante en tiempo. Luego, en folio 22, rola informe del Servicio, ordinario N° 5058 del 28 de septiembre de 2020 señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Que el perito presentó declaración jurada al Servicio, como antecedente técnico, de acuerdo a lo establecido por el Art.33 Bis del Reglamento del Código de Minería,

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44,59, 85 y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “CIRUELO 3R, 1 AL 19”, Rol Nacional Nº 03201-D299-6, con una superficie total de 91 hectáreas, a favor de don ELÍAS HAWAS ISA, ya individualizado. II.- Apruébense su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad. Dictada por don PATRICIO EDUARDO VERGARA MORA, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a dos de noviembre de mil veinte. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.- avt Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-02T12:32:06-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2946-2018 CARATULADO : HAWAS/ Copiapó, dos de noviembre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 07 de diciembre de 2018, compareció don Elías Hawas Isa, chileno, casado, factor comercio, cédula de identidad N° 3.606.052-2, domiciliado en calle Los Carrera N° 541, comuna de Copiapó, soli

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