Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MINISTERIO PÚBLICO C/ HERIBERTO MAURICIO MANCILLA SOTO

Rol

O-1453-2022

Fecha

25 de septiembre de 2023

Materia

CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 8 de julio de 2022, alrededor de las 17:40 horas, el requerido HERIBERTO MAURICIO MANCILLA SOTO condujo la camioneta Chevrolet S-10 Apache color azul, placa patente única VZ.8842 por calle nueva, en la comuna de Puerto Varas y al llegar a la altura de la intersección con calle El Puente, fue fiscalizado por Carabineros, quienes verificaron que lo hacía sin portar su licencia de conducir por cuanto esta se encontraba retenida por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt en cumplimiento de la pena de suspensión de licencia de conducir por el lapso de cinco años impuesta por sentencia condenatoria ejecutoriada dictada con fecha 20 de mayo de 2022 en la causa RIT 8635-2021, RUC 2000437801-7, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad provocando daños”. Puerto Varas, a veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N° 1, 25, 30, 67, 69, 70 del Código Penal; artículo 45 y siguiente, 297, 340 y siguiente, 388 y siguiente, 395 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a HERIBERTO MAURICIO MANCILLA SOTO, cédula de identidad Nº 15.301.495-7, domiciliado Calle Gabriela Mistral Alerce Histórico Nº 1032, comuna de Puerto Montt, teléfono 959505687, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO DURANTE LA VIGENCIA DE UNA SANCION, previsto y sancionado en el artículo 209 inciso primero de la ley 18.290, hecho ocurrido con fecha 8 de julio de 2022, en la comuna de Puerto Varas, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, suspensión para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de CUATRO (4) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que, atendido los abonos que registra en la causa de 73 días, por la detención y por cumplimiento de la medi

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a HERIBERTO MAURICIO MANCILLA SOTO, cédula de identidad Nº 15.301.495-7, domiciliado Calle Gabriela Mistral Alerce Histórico Nº 1032, comuna de Puerto Montt, teléfono 959505687, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO DURANTE LA VIGENCIA DE UNA SANCION, previsto y sancionado en el artículo 209 inciso primero de la ley 18.290, hecho ocurrido con fecha 8 de julio de 2022, en la comuna de Puerto Varas, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, suspensión para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de CUATRO (4) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que, atendido los abonos que registra en la causa de 73 días, por la detención y por cumplimiento de la medida cautelar de arresto domiciliario parcial decretada con fecha 9 de julio del 2022 hasta el 12 de octubre de 2022, SE DAN POR Código: QXVLXXJRMEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Puerto Varas CUMPLIDAS las penas , para todos los efectos legales. Queda un saldo a favor de 23 días. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por el ahorro de recursos que significa aceptar este procedimiento. Se entienden todos los intervinientes notificados de la sentencia dictada con esta fecha. Atendida la renuncia a plazos y recursos legales, CÚMPLASE con el artículo 468 d

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Hechos: “El 8 de julio de 2022, alrededor de las 17:40 horas, el requerido HERIBERTO MAURICIO MANCILLA SOTO condujo la camioneta Chevrolet S-10 Apache color azul, placa patente única VZ.8842 por calle nueva, en la comuna de Puerto Varas y al llegar a la altura de la intersección con calle El Puente, fue fiscalizado por C

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