Juzgado de Letras y Garantia de Alto Hospicio

FLAH C/ ORLANDO IVÁN FIGUEROA FIGUEROA

Rol

O-3424-2023

Fecha

5 de septiembre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 04 de septiembre de 2023, al medio día aproximadamente, en circunstancias que el requerido ORLANDO IVAN FIGUEROA FIGUEROA concertados para sustraer especies, ingresó hasta el interior del inmueble abandonado ubicado en calle Nancy Castro N°3860 Block 2 depto. 22, Condominio Parque oriente, el cual se encuentra desocupado dado un riesgo de socavón que lo hace inhabitable. Sin perjuicio que su propietaria y victima doña Katherine Dayan Acevedo Ramírez, concurre esporádicamente a revisarlo y a ver las cosas de su propiedades que quedaron en el lugar, precisamente una de estas especies, el imputado al interior del mencionado recinto, procede a sustraer con ánimo lucro sin autorización de la víctima, un calefont el cual la victima lo avalúa en la suma de $100.000 pesos, momento en el sale del mencionado departamento con el calefón en sus hombros siendo retenido por vecinos quienes dan cuenta de esta situación al afectado, reconociendo la especie de su propiedad y llamando a Carabineros quienes detienen al imputado con las especies en su poder”. Alto Hospicio, a cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena a ORLANDO IVAN FIGUEROA FIGUEROA, cédula de identidad N°14.105.725-1, ya individualizado, como autor del delito consumado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 04 de septiembre de 2023, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos Código: XVTVXXXCXEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 41 días Prisión en su grado máximo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 41 días CRS de Alto Hospicio Observación: • Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7 y 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento la pena privativa de libertad impuesta, por la de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que la condena originalmente impuesta, se sustituye por la modalidad reclusión parcial nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado entre las 22:00 horas de cada día, hasta las 06:00 horas del día siguiente. • Al no existir informe, la defensa deberá acompañar, dentro de un plazo 10 días a contar de esta fecha, informe de Gendarmería de Chile indicando la factibilidad para el sistema de monitoreo telemático. • Al efecto, el sentenciado deberá presentarse ante el CRS correspondiente dentro de un plazo de 15 días desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo ap

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

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