Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ RAMÓN ALEJANDRO QUEDUMAN JARA

Rol

O-2643-2023

Fecha

21 de septiembre de 2023

Materia

USURPACION DE NOMBRE.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 20 de septiembre de 2023 a eso de las 13:10 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Carabineros fiscalizaba en las intersecciones de Calle Ancud con Pasaje Los Colivoro de esta ciudad, proceden a fiscalizar a una persona de sexo masculino que transitaba por el lugar, quien al momento de identificarse, señaló mantener cédula de identidad N° 16.666.435-7, en esos momentos personal de Carabineros verificó dicha identidad mediante sistema SIMCCAR percatándose que correspondía a otra persona, por lo que se le comunicó al imputado de que los datos entregados respecto a su identidad no correspondían, procediendo a su detención y posterior traslado a la unidad. Recién en esos momentos el imputado logró entregar su verdadera identidad, identificándose como RAMÓN ALEJANDRO QUEDUMÁN JARA, quien según los registros policiales mantiene tres órdenes de detención vigentes a la fecha”. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 11 n°9, 14, 15, 18, 30, 50, 67, 69, 70 y 214 del Código Penal; artículos 351 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley Nº18.216; se declara: I.- Que, se CONDENA a don RAMÓN ALEJANDRO QUEDUMÁN JARA, Cédula de identidad N° 18.642.896-K, en calidad de autor del delito consumado de USURPACIÓN DE IDENTIDAD, Código: STBEXXXRSGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl descrito y sancionado en el artículo 214 del Código Penal, ejecutado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 20 de septiembre de 2023 y se le condena a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la con

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 11 n°9, 14, 15, 18, 30, 50, 67, 69, 70 y 214 del Código Penal; artículos 351 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley Nº18.216; se declara: I.- Que, se CONDENA a don RAMÓN ALEJANDRO QUEDUMÁN JARA, Cédula de identidad N° 18.642.896-K, en calidad de autor del delito consumado de USURPACIÓN DE IDENTIDAD, Código: STBEXXXRSGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl descrito y sancionado en el artículo 214 del Código Penal, ejecutado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 20 de septiembre de 2023 y se le condena a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ley n° 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, por el mismo tiempo de la condena, esta pena sustitutiva consistirá en el encierro del condenado en su domicilio, entre las 22:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas del día siguiente, principiando la ejecución luego de ejecutoriado este fallo. Con tal propósito el sentenciado deberá tomar contacto telefónico con el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de esta ciudad, para efectos de coordinar lo

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: RAMÓN ALEJANDRO QUEDUMÁN JARA, Cédula de identidad N° 18.642.896-K, domiciliado en Avenida Ancud n° 0171, Block 6A, Depto. 408, Comuna de Punta Arenas; Celular 962757172. Hechos: “El día 20 de septiembre de 2023 a eso de las 13:10 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Carabineros fiscalizaba en las intersecciones de Calle Ancud con Pasaje Los Colivoro de esta

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