24º Juzgado Civil de Santiago

GARCÉS/

Rol

V-95-2020

Fecha

29 de octubre de 2020

Materia

REGISTRO CIVIL, GESTIÓN ART. 6 LEY 17.344

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2020, comparece do a Mar a Isabelñ í Maluenda Rojas, abogado, en representaci n de do a ó ñ Carmen Gloria Garc s Brantesé , empleada, domiciliada en calle Lord Cochrane N° 298, departamento 1415, comuna de Santiago, solicitando que se ordene al Servicio de Registro Civil e Identificaci n, la rectificaci n eó ó inscripci n de la posesi n efectiva de do a ó ó ñ Isabel del Carmen Brantes V squezá , en los siguientes t rminos: é a) que el se or oficial del Registro Civil e Identificaci nñ ó respectivo, tome nota al margen de la posesi n efectiva de laó causante ya aludida, que sus herederos son: David Alonso Garc s Brantesé , en calidad de hijo no cedente, solo de una propiedad; Carmen Gloria Garc s Brantesé , en calidad de hija no cedente, solo de una propiedad; Pedro Sebasti ná Garc s Brantesé , en calidad de hijo no cedente, solo de una propiedad; y cesionario don Rub n Alfredo Brantesé Fuentes, calidad de cesionario de una sola propiedad, no cedente, seg n escrituras de cesi n de derechos y resciliaci nú ó ó acompa adas en el acto;ñ b) Que el oficial del Registro Civil e Identificaci nó correspondiente, tome nota al margen de las rectificaciones, aclaraciones e inscripciones la posesi n efectiva, en el sentidoó de corregir sta respecto a los herederos y cesionario delé causante; RIT« » Foja: 1 c) En subsidio, el Oficial del Registro Civil e Identificaci nó correspondiente, deje constancia al margen de las inscripciones correspondientes de la existencia de los herederos y cesionario. Funda su pretensi n en que, al fallecer, con fecha 23 deó noviembre de 2017, la madre de la solicitante, do a Isabel del Carmenñ Brantes V squez, sta detentaba una propiedad ubicada en la comunaá é de La Florida y derechos sobre otra, que se encuentra en la comuna de Renca, quedando como herederos, sus hijos, don David Alonso Garc sé Brantes, don Pedro Sebasti n Garc s Brantes y do a Carmen Gloriaá é ñ Garc s Brantes, ocurriendo que, por problemas financ

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que do a ñ Carmen Gloria Garc s Brantesé , ya individualizada, comparece solicitando que se ordene al Servicio de Registro Civil e Identificaci n, la rectificaci n e inscripci n de laó ó ó posesi n efectiva de do a Isabel del Carmen Brantes V squez, en losó ñ á siguientes t rminos:é a) Que el se or Oficial del Registro Civil e Identificaci nñ ó respectivo tome nota al margen de la posesi n efectiva de laó causante ya aludida, que sus herederos son: David Alonso Garc s Brantes, en calidad de hijo no cedente, solo de unaé propiedad; Carmen Gloria Garc s Brantes, en calidad de hijaé no cedente, solo de una propiedad; Pedro Sebasti n Garc sá é Brantes, en calidad de hijo no cedente, solo de una propiedad; y cesionario don Rub n Alfredo Brantes Fuentes,é calidad de cesionario de una sola propiedad, no cedente, seg n escrituras de cesi n de derechos y resciliaci nú ó ó acompa adas en el acto;ñ b) Que el oficial del Registro Civil e Identificaci nó correspondiente, tome nota al margen de las rectificaciones, aclaraciones e inscripciones la posesi n efectiva, en el sentidoó de corregir sta respecto a los herederos y cesionario delé causante; c) En subsidio, el Oficial del Registro Civil e Identificaci nó correspondiente, deje constancia al margen de las RIT« » Foja: 1 inscripciones correspondientes de la existencia de los herederos y cesionario. Funda su pretensi n, en los hechos y argumentos de derechos, yaó descritos, latamente, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Con el fin de probar sus dichos, acompa o a estosñ autos, los siguientes antecedentes documentales: a) Copia de Solicitud de Posesi n Efectiva Intestada N 5911,ó ° agregada al expediente digital con fecha 28 de abril de 2020; b) Copia de escrituras p blicas de cesi n de derechos, de 27 y 28ú ó de junio de 2018, agregadas al expediente digital, con fecha 27 de junio de 2018; c) Copia de Certificado de Posesi n Efectiva N de Inscripci nó ° ó 47692, agregada al expediente digital con fecha 28 de abril de 2020; d) Impresi n de Estado de Car tula de p gina web del Conservadoró á á de Bienes Ra ces de Santiago, agregada al expediente digital coní fecha 28 de abril de 2020; e) Copia de carta del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, deó fecha 19 de marzo de 2019, dirigida a la actora, agregada al expediente digital con fecha 28 de abril de 2020; f) Copia de solicitud de rectificaci n de posesi n efectiva intestadaó ó N 6091, agregada al expediente digital con fecha 28 de abril de° 2020; g) Copia de escritura p blica de Resciliaci n de Cesi n deú ó ó Derechos, de 26 de junio de 2019, agregada al expediente digital con fecha 28 de abril de 2020; h) Copia de Resoluci n Exenta PE N 68390, de la Direcci nó ° ó Metropolitana de Santiago, del Servicio de Registro Civil e RIT« » Foja: 1 Identificaci n, de 21 de agosto de 2016, agregada al expedienteó digital con fecha 28 de abril de 2020; i) Copia de solicitud efectuada a Jefe de Unidad Jur dica Regi ní ó Metropolit

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y conforme lo dispuesto, adem s, en los art culos 160, 170, 843 del C digo deá í ó Procedimiento Civil; y 1698 del C digo Civil, se resuelve:ó RIT« » Foja: 1 Que se acoge la solicitud de lo principal del escrito de 28 de abril de 2020, solo en cuanto se dispone que el Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, deber rectificar la posesi n efectiva deó á ó la causante do a Isabel del Carmen Brantes V squez, reconociendoñ á como herederos, no cedentes, a sus hijos don David Alonso Garc sé Brantes y don Pedro Sebasti n Garc s Brantes y como herederoá é cesionario, a don Rub n Alfredo Brantes Fuentes; y que se tome notaé al margen de la inscripci n de posesi n efectiva, de la presenteó ó rectificaci n, desech ndose, en lo dem s, la solicitud planteada.ó á á An tese, reg strese y notif quese.ó í í Rol V-95-2020. Pronunciada por do a ñ Patricia Ortiz von Nordenflycht, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art.162 del C.P.C. en Santiago, a veintinueve de octubre de dos mil veinte. /acb/pov Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 202

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-95-2020 CARATULADO : GARC S.É Santiago, a veintinueve de octubre de dos mil veinte. VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2020, comparece do a Mar a Isabelñ í Maluenda Rojas, abogado, en representaci n de do a ó ñ Carmen Gloria Garc s Brantesé , empleada, domiciliada en calle Lord Cochrane N° 298, depa

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