ANTOFAGASTA MINERALS S.A/
Rol
V-133-2020
Fecha
29 de octubre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, cedula de identidad N° 10.742.018-5, en representación de Antofagasta Minerals S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, RUT N° 93.920.000-2, domiciliados en Avenida Apoquindo N° 4001, piso 18, comuna de Las Condes, Santiago, ambos para estos efectos con domicilio en la Secretaría del Tribunal, quien solicita la constitución de una concesión de exploración, denominada “ARCADIA III 11”, con una superficie de 300 hectáreas, cuyo punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Freirina, provincia de Huasco, Región de Atacama. SEGUNDO: Que, el pedimento fue presentado el día 2 de marzo de 2020, a las 18:45 horas, asignándosele el Rol V-133-2020, ordenándose inscribir y publicar con fecha 4 de marzo de 2020. TERCERO: Que, a folio 4, se acompañó documento que da cuenta que se inscribió el pedimento, con fecha 6 de marzo de 2020, a fojas 343 N° 205 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Freirina del año 2020. Con igual fecha se acompañó copia de la publicación, que da cuenta de que se realizó el día lunes 30 de marzo de 2020, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.619. CUARTO: Que, con fecha 1 de junio de 2020, igualmente a folio 4, se acompañó el comprobante del pago de la tasa a beneficio fiscal por la suma de $75.032, pagada con fecha 19 de marzo de 2020, y el comprobante del pago de la primera patente por la suma de $234.336, pagada el 29 de mayo de 2020. QUINTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.850.500,00 297.500,00 V1 6.852.000,00 297.000,00 V2 6.852.000,00 298.000,00 V3 6.849.000,00 298.000,00 V4 6.849.000,00 297.000,00 SEXTO: Que, a folio 12, rola Ord. N° 4248, por el que se remite informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de Atacama, de fecha 24 de agosto de 2020, mediante el cual se informa que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y que, en efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y esta queda comprendida dentro del terreno pedido. SÉPTIMO: Que, a folio 13, con fecha 28 de agosto de 2020, se trajeron los autos para fallo. OCTAVO: Que, en mérito de lo anterior, se observa que se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales. Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1º inciso 2º, 22, 26, 28, 34, 43, 46, 52, 53 inciso 1º, 55, 57, 87, 90 y 232 del Código de Minería; el artículo 42 inciso 1º del Reglamento del Código de Minería contenido en el Decreto Supremo N° 1, de fecha 3 de enero de 1986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, el 27 de febrero de 1987; y los artículos 817, 826 y
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, QUEDA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “ARCADIA III 11”, Rol Nacional N° 03302-4619-7, con una superficie total de trescientas (300) hectáreas, a favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., ya individualizada y SE APRUEBA su plano. II.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III.- Inscríbase la presente sentencia, y IV.- Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese en su oportunidad. Dictada por VICENTE SALVADOR LECOURT MIRANDA, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. En Freirina, a veintinueve de octubre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia que antecede. VLM/jco Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-29T20:34:55-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Freirina CAUSA ROL : V-133-2020 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A/ Freirina, veintinueve de octubre dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, cedula de identidad N° 10.742.018-5, en representación de Antofagasta Minerals S.A., sociedad chi
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