ULLOA/I. MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rol
C-2039-2020
Fecha
29 de octubre de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don VICTOR MANUEL ULLOA CIFUENTES, constructor civil, chileno, cédula nacional de identidad Nº9.839.273-4, domiciliado en calle América N°194, comuna de San Bernardo, interpone demanda en juicio ordinario de menor cuantía sobre prescripción de deuda de derechos de aseo en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO, RUT Nº69.072.700-5, representada legalmente por su alcalde, doña Nora Cueva Contreras, cédula nacional de identidad Nº6.629.176-6, ambos domiciliados en calle Eyzaguirre N°450, comuna de San Bernardo, de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación expone. Manifiesta que recientemente ha tomado conocimiento del informe de deuda de derechos de aseo emitido el día 05 de mayo del 2020, por la Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, en el cual se indica que debe por conceptos de derechos de aseo una suma equivalente a los $431.545.-, por conceptos del reajuste del IPC un monto equivalente a $184.011.- y finalmente una suma relativa a los intereses devengados por dichos dineros equivalente a $1.313.425.- los cuales en total, considerado tanto las variaciones del IPC y de los intereses pertinentes arroja un total de $1.928.981.- (un millón novecientos veintiocho mil novecientos ochenta y un pesos), por concepto de derechos de aseo municipales, que correrían desde el mes de abril del año 1996 hasta abril del año 2017, conteniendo dicho informe, el cobro de 21 años de derechos de aseo, supuestamente adeudados. Hace presente que a la fecha de esta presentación la Ilustre Municipalidad de San Bernardo no ha requerido judicialmente el pago de los derechos de aseo municipal, objeto del presente juicio. Sin perjuicio del monto señalado que adeudaría por concepto de derechos de aseo, en el cual se contempla el período comprendido entre abril de 1996 y mayo de 2020, debido al plazo transcurrido desde que se hicieron exigibles y el hecho que la municipalidad en cuestión no ha
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don VICTOR MANUEL ULLOA CIFUENTES, interpone demanda en juicio ordinario de menor cuantía sobre prescripción de deuda de derechos de aseo en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO, representada legalmente por su alcalde, doña Nora Cueva Contreras, por los fundamentos de hecho y de derecho señalados en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales. SEGUNDO: Que, la demandada procedió a contestarla en los términos, allanándose a la misma. Sin embargo, claramente la demandada se equivoca al contestar la demanda indicando otros hechos que no son materia de la que nos convoca, haciendo mención a unas patentes comerciales y a un rol distinto que no corresponde al inmueble y cuya prescripción no se ha demandado, por lo que se prescindirá de dicho análisis.. TERCERO: Que, atendido el allanamiento efectuado por la demandada, consta en autos que no se recibió la causa a prueba. CUARTO: Que, sin perjuicio de lo anterior, la actora acompañó por en el primer otrosí de su libelo, y sin objeción de la contraria: 1. Informe de deuda de derechos de aseo emitido el día 05 de Mayo de 2020, por la Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo. 2. Fotocopia cédula de identidad de don Víctor Manuel Ulloa Cifuentes. 3. Certificado de Hipotecas y Gravámenes, Interdicciones y Prohibiciones de enajenar del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, emitido con fecha 22 de abril de 2020. 41- Certificado de título de abogado emitido con fecha 30 de mayo del presente año. QUINTO: Que a su vez la demandada acompañó los siguientes documentos: 1.- Reporte detalle de deuda, ROL 2-200876, emitido por la Dirección de Rentas, de fecha 20.10.2020. 2.- Certificado de deuda emitido por Secretario Municipal de fecha 20.10.2020. C-2039-2020 Foja: 1 3.- Decreto Alcaldicio N° 378 de 18 de agosto de 2020, D.A. Exento N° 5094 de 14 de mayo de 2008 y Decreto Exento P. N° 2471, de 11 de agosto de 2020. SEXTO: Que, el Código Civil en cuanto a los distintos plazos de prescripción extintiva realiza una reglamentación que distingue por una parte a las prescripciones de largo tiempo reguladas entre los artículos 2514 a 2520; y por otra las tratadas entre los artículos 2521 a 2524 y que el propio legislador llama de corto tiempo. SEPTIMO: Que en relación a los derechos de aseo municipales, es menester indicar que el artículo 2521 del Código Civil, situado en las acciones que prescriben en corto tiempo, dispone, que “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco o las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos“. Que lo anterior se encuentra relacionado, con el Decreto Ley 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, norma que regula en su título IV los impuestos municipales, entre los que se encuentra el permiso de circulación, impuesto territorial y patente municipal; y en su título III, que trata del producto de los establecim
Fallo
por tanto transcurrido más de tres años sin haber sido exigidos su cobro por parte de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo. Por tanto y en virtud de lo expuesto, del tiempo transcurrido desde que se generó la deuda cuya prescripción de pide, de los documentos que se acompañan, y según lo dispuesto en los artículos 2492, 2493 y 2521 del Código Civil, en los artículos 253, 254, 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás normas pertinentes, pide tener por interpuesta la demanda de prescripción de deuda de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, representada por doña Nora Cuevas Contreras, ambos ya individualizados, someterla a tramitación, acogerla en todas sus partes y, en definitiva, declarar prescrita la deuda de derechos de aseo que se me imputa, debidamente reajustada a la fecha desde abril del año 1996 hasta abril del año 2017, inclusive o lo que S.S. estime pertinente, con expresa condena en costas. Con fecha 20 de octubre de 2020, comparece don Gustavo Ruz Muñoz, Abogado, Rut Nº12.657.865-2, en representación de la I. Municipalidad de San Bernardo, como se acreditará, ambos domiciliados en Eyzaguirre Nº450, comuna de San Bernardo, contesta la demanda de interpuesta en contra de su representada, allanándose a ésta sólo en lo que legalmente corresponde, atendido a los siguientes hechos que expone. Manifiesta que es cierto que la demandante mantiene una deuda con la I. Municipalidad de San Bernardo por concepto de derec
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C-2039-2020 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : C-2039-2020 CARATULADO : ULLOA/I. MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO San Bernardo, veintinueve de Octubre de dos mil veinte VISTOS: Comparece don VICTOR MANUEL ULLOA CIFUENTES, constructor civil, chileno, cédula nacional de identidad Nº9.839.273-4, domiciliado en calle América N
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