C/ NICOLAS RIVEROS SUAREZ
Rol
O-2026-2023
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 14 de febrero del año 2023, a las 03:45 hrs aproximadamente, en calle Root, específicamente entre calle Carmen y San Isido de la comuna de Santiago, los imputados JHONMAYCK NATHANAEL GARCIA REA y NICOLAS ALBERTO RIVEROS GUTIÉRREZ abordaron a la víctima FRANCO ARIEL MANRIQUEZ MURILLO quien estaba en compañía de ALEJANDRO ANDRES SAAVEDRA ALVARADO y los amenazaron portando el imputado GARCIA REA un arma a fogueo marca BRUNI MOD. 92, 9 MM. MADE IN ITALY color negra quien apunta a la víctima y le señala:: ESTO ES RÁPIDO calladitos nomas, entreguen todo, para luego el imputado RIVEROS GUTIÉRREZ arrebatarle el bolso de la víctima que en su interior mantenía diversas especies personales comenzando un forcejeo, logrando los imputados sustraer el bolso y darse a la fuga siendo perseguidos por la víctima y su acompañante siendo detenidos posteriormente por carabineros SE DECLARA: I.- Que se condena a JUAN ALBERTO BARREDA CHORRES, ya individualizada, a la pena TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, en su calidad de AUTOR de un delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216 y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde la presente fecha. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena de expulsión y deberá cumplir el Código: MLLTXHXNKGZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl saldo de la pena privativa de libertad originalm
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JUAN ALBERTO BARREDA CHORRES, ya individualizada, a la pena TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, en su calidad de AUTOR de un delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216 y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde la presente fecha. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena de expulsión y deberá cumplir el Código: MLLTXHXNKGZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, sirviéndole de abono los días que permaneció privado de libertad en esta causa, desde el 14 de febrero de 2023 hasta el día en que se materialice la expulsión. Ofíciese al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior para efectos que se lleve a cabo la implementación de la pena sustitutiva en un plazo de 120 días. En tanto, dese orden de internación del c
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Sentencia definitiva dictada en Procedimiento abreviado FECHA: Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2300169973-3 RIT: 2026-2023 IMPUTADO: NICOLÁS ALBERTO RIVEROS GUTIERREZ C.I. 14895101-2 NACIONALIDAD Venezolano DELITO Robo con intimidación. ARTICULO Artículo 436 del código Penal.
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