BENJAMÍN ISAAC HERNÁNDEZ BARRENECHEA C/ JONATHAN GONZALO GARCIA RUBIO
Rol
O-4819-2022
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 03 de Mayo de 2022 alrededor de las 16:45 horas, en calle Moneda esquina calle Tenderini, comuna de Santiago, el acusado JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN fue sorprendido manteniendo en su poder, tenencia y disposición el automóvil marca Kia Motors, modelo Río JB, Placa Patente Única BKGG.75, llevando como pasajeros a Cristopher Alexander Sánchez Meza y Jonathan Gonzalo García Rubio; conociendo o no pudiendo menos que conocer ESPINOZA PAIRAZAMAN la procedencia irregular del vehículo, por cuanto éste registraba encargo vigente y reciente por el delito de Robo de vehículo motorizado por denuncia interpuesta por su propietario Carlos Cifuentes Juica ante la 25°Comisaría de Maipú de fecha 09 de Marzo de 2022; no acreditando además haberlo recibido en base a algún título legitimo por parte de su propietario; y presentando el móvil signos de fuerza evidentes en los cilindros de las puertas de conductor y del copiloto, así como daños evidentes en su estructura. Además, el acusado guardaba y mantenía en la guantera del automóvil un arma a fogueo tipo revólver marca OLYIMPIC calibre 9 mm, con Código: LXXDXHTXMJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl municiones de fogueo; y debajo del asiento trasero del automóvil, ESPINOZA PAIRAZAMAN mantenía dos armas corto punzante tipo cuchillo, y dos teléfonos celulares apagados y con daños en su estructura”. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, Previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, el día de Mayo de , los que se encuentran en grado de ejecución
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, Previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, el día de Mayo de , los que se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que, se condena a JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN, ya individualizado, a la pena pecuniaria correspondiente a un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, Previsto y sancionado en el artículo bis del Código Penal, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, el día de Mayo de , los que se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADO. III.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria dado el tiempo de privación de libertad bajo la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, se tienen por cumplidas ambas penas pecuniarias, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. IV.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo º de la ley . , se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por el tiempo de la condena, permaneciendo su cumplimiento suspendido mientras el sent
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PROCEDIMIENTO Procedimiento abreviado. FECHA: Santiago., veinte de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: - RIT: - IMPUTADO: JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN C.I. - Nacionalidad Peruano DELITO -RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS. - PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ARTÍCULO - Previsto y sancionado en
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