7º Juzgado de Garantía de Santiago

BENJAMÍN ISAAC HERNÁNDEZ BARRENECHEA C/ JONATHAN GONZALO GARCIA RUBIO

Rol

O-4819-2022

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Con fecha 03 de Mayo de 2022 alrededor de las 16:45 horas, en calle Moneda esquina calle Tenderini, comuna de Santiago, el acusado JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN fue sorprendido manteniendo en su poder, tenencia y disposición el automóvil marca Kia Motors, modelo Río JB, Placa Patente Única BKGG.75, llevando como pasajeros a Cristopher Alexander Sánchez Meza y Jonathan Gonzalo García Rubio; conociendo o no pudiendo menos que conocer ESPINOZA PAIRAZAMAN la procedencia irregular del vehículo, por cuanto éste registraba encargo vigente y reciente por el delito de Robo de vehículo motorizado por denuncia interpuesta por su propietario Carlos Cifuentes Juica ante la 25°Comisaría de Maipú de fecha 09 de Marzo de 2022; no acreditando además haberlo recibido en base a algún título legitimo por parte de su propietario; y presentando el móvil signos de fuerza evidentes en los cilindros de las puertas de conductor y del copiloto, así como daños evidentes en su estructura. Además, el acusado guardaba y mantenía en la guantera del automóvil un arma a fogueo tipo revólver marca OLYIMPIC calibre 9 mm, con Código: LXXDXHTXMJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl municiones de fogueo; y debajo del asiento trasero del automóvil, ESPINOZA PAIRAZAMAN mantenía dos armas corto punzante tipo cuchillo, y dos teléfonos celulares apagados y con daños en su estructura”. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, Previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, el día de Mayo de , los que se encuentran en grado de ejecución

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, Previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, el día de Mayo de , los que se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que, se condena a JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN, ya individualizado, a la pena pecuniaria correspondiente a un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, Previsto y sancionado en el artículo bis del Código Penal, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, el día de Mayo de , los que se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADO. III.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria dado el tiempo de privación de libertad bajo la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, se tienen por cumplidas ambas penas pecuniarias, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. IV.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo º de la ley . , se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por el tiempo de la condena, permaneciendo su cumplimiento suspendido mientras el sent

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO Procedimiento abreviado. FECHA: Santiago., veinte de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: - RIT: - IMPUTADO: JACKSON MIGUEL ESPINOZA PAIRAZAMAN C.I. - Nacionalidad Peruano DELITO -RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS. - PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ARTÍCULO - Previsto y sancionado en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica