GUZMÁN HELO MERCEDES ISABEL
Rol
V-106-2020
Fecha
29 de octubre de 2020
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 2 de junio deó 2020 comparece don Mat as Nicol s Calder n Arratia, abogado,í á ó domiciliado en Pedro Pablo Mu oz n mero 430, oficina 15, La Serena,ñ ú en representaci n convencional de do a ó ñ Mercedes Isabel Guzm ná Helo, chilena, soltera, empresaria, domiciliada en Ruta 5, Kil metroó 481, Fundo Juan Soldado, comuna de La Serena; Solicitando autorizaci n para que pueda donar el bien que indica a don Luisó Guillermo Bruna Lamas. Funda su solicitud en que su representada es due a del inmuebleñ ubicado en calle Juan Jos Latorre, n mero 1665, comuna de Laé ú Serena, cuya inscripci n de dominio rola a fojas 8574, n mero 6098,ó ú del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Laí Serena del a o 2014, el que pretende donar, por mera liberalidad y deñ manera irrevocable, a don Luis Guillermo Bruna Lamas. Sostiene que actualmente su representada tiene estado civil de soltera y no tiene hijos, siendo empresaria, con una situaci n econ micaó ó s lida y estable, estimando su patrimonio en no menos deó $10.000.000.000, por lo que las fuerzas de su patrimonio son tales que la donaci n que pretende, por un lado, no le causa detrimentoó considerable a su propia hacienda, no burla el cumplimiento de las Foja: 1 cargas de familia, ni lesiona las asignaciones hereditarias forzosas de sus potenciales legitimarios. Se ala que, entre otros bienes que conforman el patrimonio deñ su representada, sta es due a del inmueble ubicado en calle Lasé ñ Higeras, n mero 315, departamento 503, cuyo t tulo rola inscrito a suú í nombre a fojas 2623, n mero 2460, del Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de La Serena del a o 2004, adem s esí ñ á due a del inmueble ubicado en Avenida El Santo, n mero 1850,ñ ú departamento 601, cuyo t tulo rola inscrito a su nombre a fojas 3746,í n mero 3491, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de La Serena del a o 1995, siendo due a adem s del inmuebleí ñ ñ
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que en apoyo a su solicitud, el peticionario acompañó los siguientes documentos, que individualiz como:ó 1. Aval o fiscal Rol N° 01183 -00020 del inmueble que seú pretende donar, ubicado en calle Juan Jose Latorre, n mero 1665,ú comuna de La Serena, cuya inscripci n de dominio rola a fojas 8574,ó Nº 6098, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesí de La Serena del a o 2014.ñ 2. Certificado de prohibiciones y grav menes del inmueble queá se pretende donar, cuya inscripci n de dominio rola a fojas 8574, Nºó 6098, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí La Serena del a o 2014.ñ 3. Copia inscripci n con vigencia del inmueble que se pretendeó donar, cuya inscripci n de dominio rola a fojas 8574, Nº 6098, deló Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de La Serenaí del a o 2014.ñ 4. Copia inscripci n con vigencia del inmueble cuya inscripci nó ó de dominio rola a fojas 3746, n mero 3491, del Registro de Propiedadú del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena del a o 1995.í ñ 5. Copia inscripci n con vigencia del inmueble cuya inscripci nó ó de dominio rola a fojas 7934, n mero 6585, del Registro de Propiedadú del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena del a o 2009.í ñ 6. Copia inscripci n con vigencia del inmueble cuya inscripci nó ó de dominio rola a fojas 2623 vta., n mero 2460, del Registro deú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena del a oí ñ 2004. 7. Aval o fiscal Rol N° 00100-00027 del inmueble ubicado enú calle Las Higueras, n mero 315, departamento 503, de La Serena.ú Foja: 1 8. Aval o fiscal Rol N° 02646-00028 del inmueble ubicado enú calle Francisco Arizt a, n mero 2515, departamento 501, de La Serena.í ú 9. Aval o fiscal Rol N° 00102-00014 del inmueble ubicado enú Avenida El Santo, n mero 1850, departamento 601, de La Serena.ú Segundo: Que con los documentos acompa ados por elñ solicitante, as como la informaci n sumaria de testigos incorporada a laí ó carpeta electr nica, ha quedado demostrado que do a Mercedes Isabeló ñ Guzm n Helo tiene capacidad econ mica para efectuar la donaci n deá ó ó autos; que la donaci n que se pretende realizar se hace por meraó liberalidad; que no tiene cargas de familia; encontr ndoseá individualizado el bien que se trata de donar. Tercero: Que asimismo consta haberse efectuado el pago del impuesto a las donaci n respectiva, seg n da cuenta el comprobanteó ú acompa ado en autos, en conformidad a lo se alado en los Informesñ ñ remitidos por el Servicio de Impuestos Internos e incorporados en autos. Cuarto: Que en el Informe evacuado por la Defensora P blicaú Gina Lamas Galleguillos e incorporado en autos, se consigna que en la especie se acredita que la solicitante posee bienes suficientes para disponer por v a de donaci n del inmuebles que se pretende donar, siní ó verse gravemente afectado o menoscabado su patrimonio al contar con otros bienes e ingresos que permiten su c moda subsistencia; que noó existe ning n
Fallo
Por lo expuesto y visto, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 1401 del C digo Civil; 889 y siguientes del C digo de Procedimientoó ó Civil; y 52 de la Ley 16.271, se declara: Que ha lugar a lo solicitado en lo principal de la presentaci nó de fecha 2 de junio de 2020 y en consecuencia se autoriza la donaci nó solicitada por la donante do a ñ Mercedes Isabel Guzm n Heloá a don Luis Guillermo Bruna Lamas, c dula nacional de identidad n meroé ú 9.043.594-9, trabajador dependiente, domiciliado en Calle Jorge Guzm n, Casa Nº 16, Villa Santa Elvira, comuna de La Serena,á respecto del inmueble ubicado en calle Juan Jos Latorre, n meroé ú 1665, comuna de La Serena, cuya inscripci n de dominio rola a fojasó 8574, n mero 6098, del Registro de Propiedad del Conservador deú Bienes Ra ces de La Serena correspondiente al a o 2014.í ñ Reg strese, dese copia y arch vese la causa en su oportunidad.í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, veintinueve de Octubre de dos mil veinte Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-29T11:27:59-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-106-2020 CARATULADO : GUZM N HELO MERCEDES ISABELÁ La Serena, veintinueve de Octubre de dos mil veinte VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 2 de junio deó 2020 comparece don Mat as Nicol s Calder n Arratia, abogado,í á ó domiciliado en Pedro Pablo Mu oz n mero 430, oficin
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica