Jgdo. L. de Rio Negro

ANONIMIZADO

Rol

F-50-2023

Fecha

19 de junio de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo informado por la Consejera Técnica, de los cuales se desprende que los hechos que dieron origen a la presente causa, no pueden ser calificados como actos de Violencia Intrafamiliar, por cuanto no dicen relación con los supuestos del artículo 5° de la Ley 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar, sino más bien se trataría de patologías relacionadas a la salud de la víctima y que ya se encuentran siendo abordados por el sistema de salud; motivo por el cual se resuelve: Que, se rechaza la denuncia formulada por don Ian en contra de don Lucio, por no ser los hechos...

Fallo

se resuelve: Que, se rechaza la denuncia formulada por don Ian en contra de don Lucio, por no ser los hechos...

Texto Completo (Preview)

Río Negro, diecinueve de junio de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo informado por la Consejera Técnica, de los cuales se desprende que los hechos que dieron origen a la presente causa, no pueden ser calificados como actos de Violencia Intrafamiliar, por cuanto no dicen relación con los supuestos del artículo 5° de la Ley 20.066, sobre

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