9º Juzgado Civil de Santiago

ARRIENDO URBANO SPA/SOLER

Rol

C-8646-2020

Fecha

29 de octubre de 2020

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 4 de junio de 2020 comparece do a Margaritaó ñ Aguilera Contreras, abogada, en representaci n de ARRIENDOó URBANO SpA, sociedad del giro de su nombre, representada convencionalmente por don Armando Ide Nualart, ingeniero y por don Francisco Bascu n Obach, ingeniero civil industrial, todos domiciliados enñá Avenida Andr s Bello N 2.777, oficina 24, comuna de Las Condes,é ° Santiago; demandando de terminaci n de arrendamiento por no pago deó rentas a do a ALEJANDRA MOLINA PARADA y a do a YELENYSñ ñ SOLER MEDINA, ignora profesiones u oficios, domiciliadas en calle Independencia N 733, departamento 1604-A, del edificio denominado Suº “ Independencia , comuna de Independencia. ” Indica que el18 de mayo de 2016, su representada celebr unó contrato de arrendamiento con la se ora Alejandra Molina Paradañ sobre el inmueble ubicado en calle Independencia N 733, departamento 1604-A, delº edificio denominado Su Independencia , comuna de Independencia. “ ” Conforme a lo acordado por las partes en el contrato referido, se estipul que el pago de las rentas ser a por adelantado, dentro de losó í primeros 5 d as del mes, y que el canon de arrendamiento ascender a a laí í cantidad de $145.000 mensuales, reajustable anualmente en la misma proporci n que experimente la variaci n del I.P.C., fij ndose tambi n que eló ó á é contrato ser a 1 a o plazo, renovable autom ticamente por periodos igualesí ñ á y sucesivos de 1 mes, para el evento que las partes no manifestaren por escrito su intenci n de no renovarlo. El canon de arriendo debidamenteó C-8646-2020 Foja: 1 reajustado a la fecha de presentaci n de la demanda asciende a la suma deó $160.298. La demandada pag la renta convenida hasta el mes de diciembre deló a o 2019. A partir de esta fecha la demandada ha incumplido su obligaci nñ ó de pagar el canon convenido, adeudando a la fecha los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020. Asimismo, se encuentran impagos los gastos domiciliarios de luz, ag

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece do a Margarita Aguilera Contreras,ñ abogada, en representaci n de Arriendo Urbano Spa, sociedad del giro deó su nombre, demandando de terminaci n de arrendamiento por no pago deó C-8646-2020 Foja: 1 rentas a do a Alejandra Molina Parada, y en contra de do a Yelenys Solerñ ñ Medina, seg n los antecedentes transcritos en lo expositivo.ú En subsidio, pidi desahucio.ó SEGUNDO: Que legalmente notificadas, las demandadas se mantuvieron en rebeld a durante el curso del juicio.í TERCERO: Que a fin de acreditar sus pretensiones, la demandante acompa : ñó 1.- contrato de arrendamiento de 18 de mayo de 2016, suscrito entre aquella y la demandada, en las calidades de arrendadora y arrendataria. En sus las cl usulas 4 y 5 se dispuso que la renta de arrendamiento ser a laá ª ª í suma de $145.000 mensuales, pagadera por mes anticipado dentro de los primeros cinco d as h biles de cada mes mediante transferencia electr nica,í á ó la que se reajustar a cada seis meses de acuerdo al IPC.í Adem s, en la cl usula 21 , do a Yelenys Soler Medina se constituyá á ° ñ ó en fiadora y codeudora solidaria de todas las obligaciones contra das por elí arrendatario. 2.- documento Liquidaci n de gastos comunes , emitido por la“ ó ” Comunidad Edificio Su Independencia correspondiente al inmueble de autos, correspondiente al mes de abril de 2020, y con vencimiento el 25 de mayo del mismo a o, de conformidad al cual se adeudan por concepto deñ gastos comunes un total de $53.680. 3.- documento Pago de cuenta extra do del sitio web“ ” í https://www.enel.cl/es/clientes/servicios-en-linea/pago-de-cuenta.html, correspondiente al estado de cuenta del suministro de luz del inmueble arrendado, fecha de vencimiento 29 de mayo de 2020, con deuda vigente por la suma de $76.322. 4.- documento pago abono N 2.522.836 emitido por Aguas“ ” ° Andinas correspondiente al servicio de agua potable del inmueble arrendado, fecha de vencimiento 5 de junio de 2020, total a pagar $38.440. CUARTO: Que con el contrato de arrendamiento aparejado por la actora ha quedado suficientemente acreditado en autos la existencia del v nculo contractual que uni a las partes, sus estipulaciones, modalidades yí ó condiciones establecidas por aquellas. https://www.enel.cl/es/clientes/servicios-en-linea/pago-de-cuenta.html C-8646-2020 Foja: 1 QUINTO: Que el inciso 1 del art culo 1942 del C digo Civil° í ó establece que el arrendatario es obligado al pago del precio o renta. Por su parte, el art culo 1977 del mismo texto dispone que la mora deí un per odo entero en el pago de la renta, dar derecho al arrendador,í á despu s de dos reconvenciones, entre las cuales medien a lo menos cuatroé d as, para hacer cesar inmediatamente el arriendo, si no se presta seguridadí competente de que se verificar el pago dentro de un plazo razonable, queá no bajar de 30 d as.á í SEXTO: Que legalmente reconvenida, la demandada no ha comprobado encontrarse al d a en el pago ntegro de las rentas, lo queí í

Fallo

se declarar terminado elí ó á contrato de arrendamiento, debiendo restituir el inmueble arrendado dentro de 3 d a desde que la presente sentencia cause ejecutoria, bajo° í apercibimiento de proceder al lanzamiento de todos sus ocupantes con el auxilio de la fuerza p blica. ú S PTIMO: Que adem s se condenar a la demandada a pagar alÉ á á demandante la suma de $801.490 por concepto de rentas adeudadas, y aquellas devengadas a partir de junio de 2020 hasta el momento de la entrega efectiva del inmueble, sobre la base de $160.298 mensuales; las que deber n reajustarse conforme lo dispuesto en el art culo 21 de la Leyá í N 18.101.° OCTAVO: Que en cuanto a los saldos de gastos comunes y servicios b sicos que se cobran, de conformidad a los documentos signados en losá n meros 2, 3 y 4 rese ados en la motivaci n tercera, se condenar a laú ñ ó á demandada al pago de la suma de $168.442, la que deber reajustarse deá acuerdo a lo dispuesto en el art culo 21 de la Ley N 18.101.í ° NOVENO: Que se omite pronunciamiento respecto de la demanda subsidiaria. D CIMO: Que por haber sido vencidas, las demandadas pagar n lasÉ á costas del juicio. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 yá í 1977 del C digo Civil, art culos 8 y 10 de la Ley N 18.101 y art culos 144ó í ° í y 170 del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó C-8646-2020 Foja: 1 I.- Que se declara terminado el contrato de arrendamiento por no pago de rentas, orden ndose la restituci n del inmueble arre

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C-8646-2020 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8646-2020 CARATULADO : ARRIENDO URBANO SPA/SOLER Santiago, veintinueve de Octubre de dos mil veinte VISTOS: En presentaci n de 4 de junio de 2020 comparece do a Margaritaó ñ Aguilera Contreras, abogada, en representaci n de ARRIENDOó URBANO SpA, sociedad del giro de su nombre, re

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