27º Juzgado Civil de Santiago

ESPINOZA/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-909-2020

Fecha

29 de octubre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En folio 1 con fecha 13 de enero de 2020, folio 1 de la carpeta electrónica, comparece don Roberto Rodrigo Espinoza Poblete, conductor, con domicilio en Pasaje Nueva San Martin N° 2893, Villa Isabel Riquelme, comuna de Maipú, quien interpone demanda en juicio ordinario de mayor cuantía de prescripción extintiva de acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de derecho público, Rut. 69.070.900-7, representada legalmente por su Alcaldesa doña Cathy Carolina Barriga Guerra, ambos con domicilio en Av. Cinco de abril 260, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, a objeto de que se acoja la demanda interpuesta y en definitiva declarar la prescripción extintiva de las acciones d cobro de derechos de aseo municipal impagos, mas sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Nueva San Martin N° 2893, Villa Isabel Riquelme, comuna de Maipú, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de abril de 2002 al 30 de noviembre de 2005, ascendentes a la suma de $196.426.- , o la que el tribunal determine conforme a derecho. En folio 15 de la carpeta digital y con fecha 8 de octubre de 2020 consta presentación efectuada por la parte demandada que en lo principal se notifica expresamente de la demanda de autos y de la resolución de fecha 05 de octubre de 2020 que tiene por interpuesta la demanda en juicio ordinario de mayor cuantía. Consta asimismo que por el primer otrosí de la citada presentación la I. Municipalidad de Maipú, contesta la demanda y se allana a la demanda de prescripción Foja: 1 interpuesta por el actor precisando, según expresa, que se allana a la demanda en que se solicita la prescripción por los derechos de aseo entre el 30 de abril del año 2002 al 30 de noviembre de 2005, ambos inclusive, que se funda según indica, en el ánimo de evitar la dilación del juicio. Por lo anterior solicita no se condene en costas a su representada por cua

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, ha comparecido en autos don Roberto Rodrigo Espinoza Poblete e interpone demanda en juicio ordinario de mayor cuantía de prescripción extintiva de acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su Alcaldesa doña Cathy Carolina Barriga Guerra, a objeto de que se acoja la demanda interpuesta y en definitiva declarar la prescripción extintiva de las acciones d cobro de derechos de aseo municipal impagos, mas sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Nueva San Martin N° 2893, Villa Isabel Riquelme, comuna de Maipú, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de abril de 2002 al 30 de noviembre de 2005, ascendentes a la suma de $196.426.- , o la que el tribunal determine conforme a derecho. Expresa bajo el título “Los Hechos” que es residente y dueño del inmueble ubicado en Pasaje Nueva san Martin N° 2893, Villa Isabel Riquelme, comuna de Maipú, que acredita con inscripción de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, documento que acompaña, expresando que respecto a la referida propiedad existen Foja: 1 derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril de 2002 hasta el 30 de noviembre de 2019, según consta del documento denominado “Informe de Deuda derechos de Aseo “, que acompaña a su presentación. Indica que en el referido documento consta que existe un periodo de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de abril de 2002 hasta el 30 de noviembre de 2005, respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Bajo el Titulo “El Derecho” sostiene que la acción judicial interpuesta corresponde a aquélla que emana de los artículos 2493, 2514 y 2521 del Código Civil. Hace presente que dicha acción tiene por objeto obtener una sentencia declarativa mediante la cual se determine dos cosas: En primer lugar, declarar la inactividad del acreedor, en el caso la I. Municipalidad de Maipú, la cual no ha procedido a efectuar el cobro de la obligación consistente en el pago de los derechos de aseo municipal, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 2514 del Código Civil, que transcribe. En segundo lugar, que se declare que ha transcurrido un plazo superior a los 5 años que la ley prescribe para ejercer, en el caso, la acción de cobro de derechos de aseo municipal. Se remite al artículo 2521 del mismo cuerpo legal que transcribe. Señala que por lo anterior es procedente que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal, comprendidos entre el 30 de abril de 2002 hasta el 30 de noviembre de 2005, ascendente a la suma de $196.426.- Cita asimismo los artículos 2493,2514 y 2515 y siguientes del de Código Civil,

Fallo

se declara: Que se acoge la demanda de fecha 13 de enero de 2020, sin costas, y se declaran extinguidos por prescripción los derechos y acciones de la I. Municipalidad de Maipú, correspondientes a derechos de aseo en relación al inmueble ubicado en Pasaje Nueva San Martin 2893, Villa Isabel Riquelme, comuna de Maipú, Región Metropolitana, del cual tiene la calidad de contribuyente el demandante de autos, cuyos vencimientos ocurrieron entre el 30 de abril de 2002 y el 30 de noviembre Foja: 1 de 2005, ambas fechas inclusive y en consecuencia, extinguidos asimismo todos los reajustes, intereses y multas correspondientes al mismo período y que emanan de los citados derechos de aseo. Regístrese, notifíquese y archívese. Dictada por doña Jacqueline Dunlop Echavarría, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Octubre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-29T09:05:32-0300

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Foja: 1 FOJA: 15 .- quince .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-909-2020 CARATULADO : ESPINOZA/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, veintinueve de Octubre de dos mil veinte VISTOS: En folio 1 con fecha 13 de enero de 2020, folio 1 de la carpeta electrónica, comparece don Roberto Rodrigo Espinoza Poblete, conductor, con domicilio en Pasaje Nueva

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