MUÑOZ CON CLINICA LAS CONDES S.A.
Rol
M-169-2022
Fecha
23 de febrero de 2022
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 23 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 2 RUC 22-4-0380885-0 RIT M-169-2022 MAGISTRADO GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 11:16 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:22 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240380885-0-1349-220223-00 PARTE DEMANDANTE NOEMÍ MUÑOZ RIVAS ABOGADO PARTE DEMANDANTE NAYARET RODRÍGUEZ TAPIA FORMA DE NOTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO PARTE DEMANDADA CLÍNICA LAS CONDES S.A ABOGADO PARTE DEMANDADA DIEGO ANDRÉS SALDAÑA MARTÍNEZ FORMA DE NOTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) ESCRITOS PENDIENTES X AUTORIZA PODER X RESOLUCIÓN OFICIO TRIBUNAL X Escritos pendientes: Al escrito de acompaña documentos de la parte demandada: Téngase presente, sin perjuicio de su incorporación en la oportunidad procesal correspondiente. Autoriza poder: Al escrito de delegación de poder presentado por la parte demandante: Téngase presente. RESOLUCIÓN OFICIO TRIBUNAL: Advirtiendo el Tribunal, que del análisis de los antecedentes presentados resulta ser evidente que no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el art. 497 del Código del Trabajo, que dispone lo siguiente: “Será necesario que previo al inicio de la acción judicial se haya deducido reclamo ante la Inspección del Trabajo que corresponda, la que deberá fijar día y hora para la realización del comparendo respectivo, al momento de ingresarse dicha reclamación”. La citada norma establece un requisito de admisibilidad de la acción deducida en procedimiento monitorio, requiriendo previo a su ejercicio la fase administrativa. Este requisito procesal se encontró suspendido por expresa disposición legal, ya que el art. 8 inc. final de la ley N°21.226 dispuso que: “Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de ca
Fundamentos
considerando que la acción fue presentada según consta en el expediente el día 25 de enero del año 2022, luego de expirado el plazo de suspensión de exigibilidad del requisito, y siendo de una cuantía total de $117.637.-, monto inferior al límite asignado por ley a la tramitación en procedimiento monitorio.
Fallo
Por tanto, conforme a lo anterior, existiendo constancia de la falta de cumplimiento del trámite administrativo, requisito legalmente establecido para el ingreso y tramitación del procedimiento, y en atención a que tal antecedente no fue advertido en su momento por el tribunal; considerando asimismo que tal hecho importa un vicio de nulidad del procedimiento, al dar lugar a tramitación a un procedimiento con falta de los requisitos legales para su ingreso, y teniendo en cuenta las facultades legales establecidas en el art. 429 del Código del Trabajo, y lo dispuesto en los artículos 420, 496, 497 del Código del Trabajo y arts. 8 y 11 de la ley N°21.226, se declara: I. Que se deja sin efecto la tramitación del procedimiento, retrotrayéndose a la fase de admisibilidad de la acción deducida; II. Que la acción presentada se declara inadmisible, al no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 497 del Código del Trabajo. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don Guillermo Rodríguez Órdenes, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintitrés de febrero de dos mil veintidós.-
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 23 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 2 RUC 22-4-0380885-0 RIT M-169-2022 MAGISTRADO GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 11:16 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:22 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 224
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