Juzgado de Garantía de Valparaíso.

ISOLINA DEL CARMEN CARRILLO SALAZAR C/ JESSICA DEL CARMEN CABELLO ESPINA

Rol

O-1618-2022

Fecha

4 de septiembre de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos: , , 5 N° , 4 4, 4 , 494 N°5 del Código Penal; artículo , 4, 45 y siguientes 9 , 4 , 4 , y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se rechaza requerimiento, en consecuencia se absuelve a JESSICA DEL CARMEN CABELLO ESPINA, cédula de identidad N° 5. 4. - , ya individualiza, de los cargos formulados en su contra por el ministerio público, en cuanto les atribuye participación en calidad de autora de la falta lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal y daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en concordancia con el artículo 484 todos del Código Penal, ambos ilícitos en grado consumados, supuestamente perpetrados en horas de la tarde del día de julio del año , en perjuicio de doña Isolina del Carmen Carrillo Salazar. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /hlp. Código: HXLHXHQBXFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-20T23:00:52-0300

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza requerimiento, en consecuencia se absuelve a JESSICA DEL CARMEN CABELLO ESPINA, cédula de identidad N° 5. 4. - , ya individualiza, de los cargos formulados en su contra por el ministerio público, en cuanto les atribuye participación en calidad de autora de la falta lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal y daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en concordancia con el artículo 484 todos del Código Penal, ambos ilícitos en grado consumados, supuestamente perpetrados en horas de la tarde del día de julio del año , en perjuicio de doña Isolina del Carmen Carrillo Salazar. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /hlp. Código: HXLHXHQBXFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-20T23:00:52-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° - . C/ CABELLO ESPINA, JESSICA DEL CARMEN cédula de identidad N° 5. 4. - , 4 años, nacida el de julio del año 9 , dice ser dueña de casa, domiciliada en Alberto Gonzalez Nº4 , Conchalí con forma especial de notificación al teléfono N°9 5 55. Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. Y visto además lo dispuesto en los artículos: , , 5 N° , 4 4, 4 , 494

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica