ISOLINA DEL CARMEN CARRILLO SALAZAR C/ JESSICA DEL CARMEN CABELLO ESPINA
Rol
O-1618-2022
Fecha
4 de septiembre de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES., LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos: , , 5 N° , 4 4, 4 , 494 N°5 del Código Penal; artículo , 4, 45 y siguientes 9 , 4 , 4 , y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se rechaza requerimiento, en consecuencia se absuelve a JESSICA DEL CARMEN CABELLO ESPINA, cédula de identidad N° 5. 4. - , ya individualiza, de los cargos formulados en su contra por el ministerio público, en cuanto les atribuye participación en calidad de autora de la falta lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal y daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en concordancia con el artículo 484 todos del Código Penal, ambos ilícitos en grado consumados, supuestamente perpetrados en horas de la tarde del día de julio del año , en perjuicio de doña Isolina del Carmen Carrillo Salazar. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /hlp. Código: HXLHXHQBXFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-20T23:00:52-0300
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza requerimiento, en consecuencia se absuelve a JESSICA DEL CARMEN CABELLO ESPINA, cédula de identidad N° 5. 4. - , ya individualiza, de los cargos formulados en su contra por el ministerio público, en cuanto les atribuye participación en calidad de autora de la falta lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal y daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en concordancia con el artículo 484 todos del Código Penal, ambos ilícitos en grado consumados, supuestamente perpetrados en horas de la tarde del día de julio del año , en perjuicio de doña Isolina del Carmen Carrillo Salazar. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /hlp. Código: HXLHXHQBXFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-20T23:00:52-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° - . C/ CABELLO ESPINA, JESSICA DEL CARMEN cédula de identidad N° 5. 4. - , 4 años, nacida el de julio del año 9 , dice ser dueña de casa, domiciliada en Alberto Gonzalez Nº4 , Conchalí con forma especial de notificación al teléfono N°9 5 55. Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. Y visto además lo dispuesto en los artículos: , , 5 N° , 4 4, 4 , 494
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