BOLDT/
Rol
V-133-2020
Fecha
28 de octubre de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol V 133 2020, relativos a Reclamo de Negativa del Conservador a inscribir, comparece doña Guisella Elizabeth Boldt Barrera Diseñadora Gráfica, RUN 15.688.732-3, con domicilio en ruta 215 sector Las Lumas sin número de la ciudad de Osorno, quien de conformidad con el artículo 18 del Reglamento, Reclama de negativa de cancelación de inscripción especial de herencia de fojas 4761 vuelta N°4114 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad del año 2016, para que luego se inscriba nueva resolución. Funda lo anterior dando cuenta que el Primer Juzgado de Letras de esta ciudad dictó posesión efectiva testada de fecha “de octubre de 2019, concedida en favor de sus herederos, en causa ROL V 1322016, que fuere dictada por el 1°Juzgado de Letras en lo Civil de Osorno, en virtud de herencia quedada al fallecimiento de la causante Elsa Correa Muñoz. A modo de contextualizar e ilustrar a V.S., antes de la dictación de la sentencia, una de las herederas, tramitó por la vía administrativa ante el Registro Civil e Identificación de Chile, la posesión efectiva de la causante Elsa Correa Muñoz, en desconocimiento de la existencia de un testamento cerrado otorgado por la causante, del cual tampoco estaba en conocimiento dicha entidad, en consideración a que en la oportunidad en que se otorgó, no fue informado por el señor Notario Don José Dolmestch Urra, al Registro Nacional de Testamentos. Ante tal escenario, y desconocimiento del mentado testamento, la posesión efectiva fue concedida por resolución exenta Nº 5356 de fecha 13 de Junio del 2016, e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas bajo el Nº 32277 2016, declarando como herederos a: José Humberto Barrera Aguila, como cónyuge; a Gloria Ivette, Oscar Enrique, Fabiola Yanette, y Elsa Elizabeth, todos BARRERA COR
Fundamentos
Considerando lo anteriormente expuesto, y en virtud de que el Conservador de Bienes Raíces de Osorno, carece de las facultades necesarias para actuar de oficio, es que vengo en solicitar a V.S. se sirva ordenar al Señor Conservador Bienes Raíces de esta ciudad, proceda a dejar sin efecto y por ende cancele la inscripción especial de herencia, rolante a fojas 4761 vuelta Nº 4114 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, correspondiente al año 2016, la que nace a la vida jurídica, como consecuencia de la Resolución que concedió la Posesión Efectiva de la causante, y que ya se encuentra sin efecto, para que una vez practicada la cancelación de dicho título, se proceda a practicar la inscripción de la posesión efectiva testada, concedida por sentencia de fecha 8 de mayo de 2017 y complementada por sentencia de fecha 8 de octubre de 2019. Que, en consideración a que la Resolución Exenta número 1998, de fecha 4 de diciembre de 2019, pronunciada por el Registro Civil e Identificación de Chile, es clara en su contenido, que da cuenta que se dio fiel cumplimiento a lo ordenado por el 1° juzgado de letras en lo civil de Osorno, al proceder a dejar sin efecto Resolución Exenta número 5356, de fecha 13 de junio de 2016, y que además se anuló la solicitud de posesión efectiva número 523, de fecha 13 de mayo de 2016 y su respectiva inscripción número 32277, del año 2016 del Registro Nacional de Posesiones Efectivas, se procedió a llevar materialmente dicha resolución, ante Conservador de Bienes Raíces de Osorno, a fin de que se proceda a la cancelación de la inscripción especial de herencia rolante a fojas 4761 vuelta, número 4114 del año 2016, toda vez, que la posesión efectiva otorgada al fallecimiento de doña Elsa Correa Muñoz, fue anulada y dejada sin efecto, tal como consta en dicho documento oficial, que contiene los timbres que dan cuenta de su autenticidad, de tal manera que al haberse anulado la posesión efectiva de la causante doña Elsa Correa, resulta del todo lógico que el Señor Conservador acceda a tal solicitud, sin embargo y fuera de todo pronóstico, con fecha 14 de septiembre, se me entregó el rechazo de la solicitud, con argumentos difíciles de comprender para esta parte, dado que se alejan rotundamente de la solicitud requerida, al ordenar se anule y deje sin efecto por el Registro civil la resolución exenta 5356 y posesión efectiva número 523 del año 2016, que ya se encuentra anulada por el SRCeI. En resumen esta parte no comprende lo resuelto por el Señor conservador ya que el documento es claro y no admite más interpretaciones que dejar sin efecto la posesión efectiva”. En el f
Fallo
se declara: Que acoge la solicitud de folio 1, efectuada por doña Guisella Elizabeth Boldt Barrera, y se ordena al Conservador de Bienes Raíces de Osorno, que cancele inscripción especial de herencia de fojas 4761 vuelta N°4114 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad del año 2016. Transcríbase, notifíquese por el estado diario, comuníquese en forma electrónica al Conservador para su estricto cumplimiento. Rol V 133 2020.- Dictó Luis Meza Marín, Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-28T12:06:26-0300
Texto Completo (Preview)
Osorno, veintiocho de octubre de dos mil veinte.- VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol V 133 2020, relativos a Reclamo de Negativa del Conservador a inscribir, comparece doña Guisella Elizabeth Boldt Barrera Diseñadora Gráfica, RUN 15.688.732-3, con domicilio en ruta 215 sector Las Lumas sin número de la ciudad de Osorno, quien de conformidad con el artículo 1
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