WLADIMIR MOISES SILVA GIL C/ MARCO ANTONIO BARBOSA NOVOA
Rol
O-25-2022
Fecha
14 de septiembre de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 14 de agosto de 2021, en Ruta 5 Norte Kilómetro 156, comuna de Papudo, los imputados JUAN ALEJANDRO YAÑEZ BARRERA, MARCOS ANTONIO BARBOSA NOVOA Y ADOLFO ANDRES CASTRO LARA, fueron sorprendidos por Carabineros a bordo del camión marca Kia Modelo Frontier, que portaba las patentes falsas JDTX-21, cuyas patentes según su chasis corresponden a las GWWW-82 y que fue robado el 25 de febrero de 2021, denuncia efectuada en la 13 comisaria de La Granja, por la víctima Jorge Luis Brañas Martínez. El camión era conducido por el imputado BARBOSA NOVOA. Todos los imputados transportaban en el camión las siguientes especies: un teléfono celular marca Iphone 7, un teléfono celular color rosado, un teléfono celular Blackberry negro, una maquina “punto de venta” Transbank y una caja fuerte con $900.000, todo lo cual había sido robado momentos antes en el servicentro Petrobras de la comuna de Los Vilos y denunciado a la Subcomisaria Los Vilos por la víctima Leonardo Alejandro Hermann Lobos, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen de las especies. ” Que de conformidad con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 15 N° 1, 18, 29, 30, 49, 58, 68, 69, y 70, 456 bis a del Código Penal; los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 12, 45, 53, 93, 166, 172, 180, 229, 248, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 19.970, y las normas pertinentes de La Ley 18.216,
Fallo
SE RESUELVE / DECLARA: I.- Que se condena a don MARCO ANTONIO BARBOSA NOVOA, cédula de identidad 0013287156-6, domiciliado en Calle EN OSCAR BALLOLI BLOCK 391 DPTO N°22, COMUNA DE COLINA, a sufrir la pena de 54 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de un delito de RECEPTACION DE VEHÍCULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 14 de agosto de 2021, en la comuna de Papudo, territorio jurisdiccional de este Tribunal. Código: CYFGXHZXQLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que también se condena a don MARCO ANTONIO BARBOSA NOVOA, ya individualizado, a sufrir la pena de 6 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE MEDIA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de un delito de RECEPTACION, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 14 de agosto de 2021, en la comuna de Papudo, territorio jurisdiccional de este Tribunal. III.- Que se condena a don JUAN ALEJANDRO YAÑEZ BARRERA, CÉDULA NACIONAL DE IDENTIDAD N° 8.345.449-8, DOMICILIADO EN FREIRINA 738, SAN ANTONIO
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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, catorce de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 14 de agosto de 2021, en Ruta 5 Norte Kilómetro 156, comuna de Papudo, los imputados JUAN
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