Juzgado de Letras y Garantía de Caldera.

MP C/ NICOLÁS ALEJANDRO CASTILLO CAISEO

Rol

O-835-2022

Fecha

13 de septiembre de 2023

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 27 de octubre de 2022, a las 12:30 horas, funcionarios de Carabineros patrullaban en la feria libre instalada en la intersección de las calles La Paz y Batallón de Atacama, en la comuna de Caldera. En tal feria sorprendieron al imputado NICOLÁS ALEJANDRO CASTILLO CAISEDO ofreciendo al público la venta sin receta médica y sin autorización alguna, fármacos sujetos al control de la Ley Nro.20.000. El imputado CASTILLO CAISEDO sobre una manta poseía y ofrecía, entre otros medicamentos, 1218 comprimidos de Tramadol. Por lo anterior, los Carabineros detuvieron al imputado e incautaron los comprimidos de Tramadol, los que fueron entregadas al Servicio de Salud Atacama, órgano que las remitió al Instituto de Salud Pública, institución que por medio del protocolo de análisis químico comprobó que, aquellas muestras corresponden a Tramadol.” SE DECLARA: I. Que se condena a don NICOLÁS ALEJANDRO CASTILLO CAISEO, R.U.N. 4 - , ya individualizada, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN 54 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 3 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, PENA DE MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la INCLUSIÓN DE SU HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO DE CONDENADOS de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y el COMISO de la droga y las especies incautadas, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ilícito previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la Ley Nro.20.000, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO y fue perpetrado en la comuna de Caldera el día 27 de octubre de 2022. II. Que para el pago de la multa impuesta, se concede al sentenciado un plazo de 30 días, Código: WKXSXHXBXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl debiendo enterar dicho monto en la cuenta

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a don NICOLÁS ALEJANDRO CASTILLO CAISEO, R.U.N. 4 - , ya individualizada, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN 54 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 3 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, PENA DE MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la INCLUSIÓN DE SU HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO DE CONDENADOS de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y el COMISO de la droga y las especies incautadas, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ilícito previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la Ley Nro.20.000, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO y fue perpetrado en la comuna de Caldera el día 27 de octubre de 2022. II. Que para el pago de la multa impuesta, se concede al sentenciado un plazo de 30 días, Código: WKXSXHXBXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl debiendo enterar dicho monto en la cuenta corriente del Banco Estado Nº9006184, denominada “Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol – Recaudación Ley 20.000”, y acreditar su pago por medio de la entrega del comprobante de depósito al Tribunal. Si el imputado no tuviera medios suficientes para su pago, podrá solicitar su sustitución por la pena de pres

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Caldera, trece de septiembre de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADA: MACARENA KARINA MUÑOZ TORO RUC: 2201070865-K RIT: 835 - 2022 IMPUTADO: NICOLÁS ALEJANDRO CASTILLO CAISEO R.U.N. 17.417.099-1 FECHA DE NACIMIENTO 07-03-1990 DIRECCIÓN Pasaje Yacaré Nº 1156 COMUNA: Recoleta DELITO - Tráf

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