Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

C/ VÍCTOR MANUEL CÁRDENAS VIVAR

Rol

O-356-2023

Fecha

14 de septiembre de 2023

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación erigida por el Ministerio Público en contra de los acusados: (i) Víctor Manuel Cárdenas Vivar, chileno, soltero, cédula de identidad número 16.230.394 – 5, nacido el día 25 de junio de 1985 en la comuna de Viña del Mar, actuales 38 años de edad, sin apodo conocido, dijo trabajar en la construcción y albañil, sin apodo conocido, con domicilio en calle La Paloma D – 15, sector Santa Inés, comuna de Viña del Mar, actualmente en prisión preventiva con ocasión de esta causa desde el día 12 de agosto de 2022, y (ii) Sergio del Carmen Suárez Lobos, chileno, soltero, cédula de identidad número 10.871.242 – 2, nacido el día 23 de julio de 1966 en la comuna de Viña del Mar, actuales 57 años de edad, dijo trabajar como carnicero y en Restaurant, sin apodo conocido, con domicilio en calle Idiol Norte Nº 1540, sector Santa Inés, comuna de Viña del Mar, ambos acusados legalmente representados en juicio por el Defensor Privado señor Alfredo Vallejos Valdivia, con domicilio y forma de notificación ya registrada. Por el Ministerio Público en tanto, compareció el Fiscal Adjunto de Viña del Mar señor Lionel González González, también con domicilio y forma de notificación ya registrada. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación son del siguiente tenor: “El día 11 de agosto de 2022, a las 17:30 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle La Paloma sin número, Población Libertad, sector de Santa Inés Viña del Mar, el acusado Víctor Manuel Cárdenas Vivar vendió a un agente revelador, debidamente autorizado por la Fiscal de Turno, tres envoltorios con 0,4 gramos netos de cocaína base, los que fueron entregados por el acusado Sergio del Carmen Suárez Lobos. Momentos después, a las 18:15 horas, de acuerdo con lo señalado en el artículo 206 del Código Procesal, funcionarios de OS - 7 de Carabineros ingresaron al domicilio indicado, encontrando en poder de los acusados, bajo una cama, un bolso negro, en cuyo interior manten

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Los días viernes ocho y lunes diez de septiembre del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por los jueces titulares señora Angélica Jiménez Lagos, quien presidió, señor Fernán Rioseco Pinochet y señor Cristóbal Lira Orphanopoulos, se celebró la audiencia de juicio oral en causa RUC N° 2200782862 - 8 // RIT N° 356 - 2023, que tenía por objeto conocer y juzgar los hechos de la acusación erigida por el Ministerio Público en contra de los acusados: (i) Víctor Manuel Cárdenas Vivar, chileno, soltero, cédula de identidad número 16.230.394 – 5, nacido el día 25 de junio de 1985 en la comuna de Viña del Mar, actuales 38 años de edad, sin apodo conocido, dijo trabajar en la construcción y albañil, sin apodo conocido, con domicilio en calle La Paloma D – 15, sector Santa Inés, comuna de Viña del Mar, actualmente en prisión preventiva con ocasión de esta causa desde el día 12 de agosto de 2022, y (ii) Sergio del Carmen Suárez Lobos, chileno, soltero, cédula de identidad número 10.871.242 – 2, nacido el día 23 de julio de 1966 en la comuna de Viña del Mar, actuales 57 años de edad, dijo trabajar como carnicero y en Restaurant, sin apodo conocido, con domicilio en calle Idiol Norte Nº 1540, sector Santa Inés, comuna de Viña del Mar, ambos acusados legalmente representados en juicio por el Defensor Privado señor Alfredo Vallejos Valdivia, con domicilio y forma de notificación ya registrada. Por el Ministerio Público en tanto, compareció el Fiscal Adjunto de Viña del Mar señor Lionel González González, también con domicilio y forma de notificación ya registrada. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación son del siguiente tenor: “El día 11 de agosto de 2022, a las 17:30 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle La Paloma sin número, Población Libertad, sector de Santa Inés Viña del Mar, el acusado Víctor Manuel Cárdenas Vivar vendió a un agente revelador, debidamente autorizado por la Fiscal de Turno, tres envoltorios con 0,4 gramos netos de cocaína base, los que fueron entregados por el acusado Sergio del Carmen Suárez Lobos. Momentos después, a las 18:15 horas, de acuerdo con lo señalado en el artículo 206 del Código Procesal, funcionarios de OS - 7 de Carabineros ingresaron al domicilio indicado, encontrando en poder de los acusados, bajo una cama, un bolso negro, en cuyo interior mantenían 02 bolsas de nylon contenedoras de pasta base de cocaína, con un peso bruto de 1 kilogramo, 998 Código: XQGJXHPPXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 2 gramos y 600 miligramos, 06 bolsas de nylon contenedoras de cocaína, con un peso neto de 3 kilogramos 6 gramos y 400 milígramos. Código: XQGJXHPPXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 3 En la misma habitación, en el interior de un bolso, en el cual mantenían u

Fallo

fallo considerando, precisamente, las declaraciones de los testigos de cargo en relación a las diligencias del procedimiento policial y especies descubiertas, corroboradas por los dichos de uno y otro imputado reconociendo, cada uno desde su perspectiva, su autoría en los ilícitos materia de la acusación. Así, acerca de los eventos acaecidos el día 11 de agosto del año pasado, expuso el acusado Sergio Suárez Lobos, reconociendo íntegramente tanto el tráfico de drogas (cocaína y clorhidrato de cocaína) que “un poco antes de la pandemia” conoció a “Claudio”, a quien identificaba como el “chuncho de Puente Alto”, quien le ofreció trabajar en negocio el tráfico de drogas, Código: XQGJXHPPXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 18 18 precisando que esta persona le traía “el producto”, en tanto que él “cocinaba”, “agrandaba” y comercializaba esa droga que recibía, y es en esas circunstancias que “se empezó a dedicar a esto….empezó a dosificar, a vender y reducir, todo lo que le pidieran.” Luego, en cuanto a los hechos de ese día 11 de agosto de 2022, explicó que esa jornada iba a buscar a su hija al colegio, cuando un amigo le pidió que hiciera una venta de droga “a un conocido de su amigo”, a lo que él accedió, diciéndole que lo esperara “en tal lugar” y que cuando llegara a su casa, lo atendería, tras lo cual y ya en su domicilio constató que la persona lo estaba esperando “en un desplaye cercano” a su domicilio,

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1 1 Viña del Mar, jueves catorce de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Los días viernes ocho y lunes diez de septiembre del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por los jueces titulares señora Angélica Jiménez Lagos, quien presidió, señor Fernán Rioseco Pinochet y señor Cristóbal Lira Orphanopoulos, se c

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