HONORAT/INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA CECILIA S.A.
Rol
O-107-2021
Fecha
22 de febrero de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y a fin de asegurar el resultado del presente juicio, tomando en consideración que las empresas demandadas, han permanecido rebeldes durante toda la tramitación del proceso, no habiendo sido ubicadas en el proceso de fiscalización, llevado a efecto por la Dirección del Trabajo, en el mes de julio de 2021, justificándose la aplicación de las medidas establecidas en el artículo 444 del Código del Trabajo, al efecto se ordena primero: · Se ordena oficiar al banco Santander, a fin de que informe si la demandada SOCIEDAD E INVERSIONES SANTA CORINA LTDA. Rut: 76.814.340-4, mantiene operaciones vigentes en dicho banco, en que mantenga dineros a su favor, ya sea, en cuenta corriente u otro tipo de operaciones y se proceda a la retención de hasta la suma de $2.971.763 o la suma que exista, si es que es inferior. · Se ordena oficiar al Banco Security y Scotiabank Chile, a fin de que informen si la empresa IMPORTADORA Y COMERCIAL GATE BUSINESS LIMITADA, Rut: 76.849.300-6, mantiene operaciones vigentes en dicho banco, en que mantenga dineros a su favor, ya sea, en cuenta corriente u otro tipo de operaciones y se proceda a la retención de hasta la suma de $2.971.763 o la suma que exista, si es que es inferior. Atendido el mérito de los antecedentes y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 444 inciso tercero del Código del Ramo, llévese a efecto en forma inmediata la presente medida, sin necesidad de notificación previa a la demandada de autos. Practíquese la presente medida por correo electrónico y notificándose la presente resolución, a la demandada luego de ser llevada a cabo. En caso que existan dineros a favor de dicha empresa, sean remitidos de inmediato al Tribunal para hacer pago a la parte demandante, una vez que quede ejecutoriada la presente sentencia. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. En segundo lugar, se ordena oficiar al Servicio de Registro civil, a fin que proceda a
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 58, 63, 67, 160, 162, 163, 171, 172, 173, 420, a 462 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda deducida por ELIZIER HONORAT, en contra de su ex empleadora IMPORTADORA Y COMERCIAL GATE BUSINESS LIMITADA, sólo en cuanto se declara justificada la decisión del trabajador demandante de hacer uso de la facultad de auto despedirse, a partir del día 11 de diciembre de 2020, por haber incurrido esta última en incumplimiento contractual de carácter grave, al adeudar cotizaciones de seguridad social a esa época y en consecuencia se condena a dicha empresa a pagar al trabajador demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $443.500.- b) Indemnización por años de servicio por la suma de $1.330.500, ésta con el recargo legal del 50% contemplado en el artículo 171 del Código del Trabajo, que asciende a la suma de $665.250.- c) Feriado legal, correspondiente a la anualidad 2019-2020, por la suma de $310.443.- d) Feriado proporcional por el último período trabajado, esto es por cuatro días hábiles, por la suma de $59.457.- e) Remuneración adeudada por 11 días trabajados en diciembre de 2020 por la suma de $162.613.- f) Que la demandada antes individualizada, deberá enterar las cotizaciones de cesantía adeudadas al trabajador, correspondiente al período comprendido entre enero a abril de 2019 y junio de 2019 a abril de 2020, debie
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 22 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 15 VIRTUAL RUC 21-4-0313971-5 RIT O-107-2021 MAGISTRADO ANDREA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERIC PIZARRO LUCO HORA DE INICIO 11:20 HORAS HORA DE TERMINO 11:48 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140313971-5-1349-220222-00 PARTE DEMANDA
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