Juzgado de Garantía de Melipilla

MP C/ NELSON ANDRÉS RODRÍGUEZ CEA

Rol

O-2791-2023

Fecha

12 de septiembre de 2023

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral.- Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N°6, 11 N° 9, 15 N°1, 67,69, 70 del código penal, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 1, 4 y 38 de la ley 18.216, artículo 1, 110, 194 de la Ley 18.290 se declara: I.- Que, se condena a don NELSON ANDRÉS RODRÍGUEZ CEA cédula de identidad N° 0019164696-7, ya individualizado, como autor del delito de manejo sin Código: SXWXXHDLXNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl licencia profesional previsto y sancionado en 194 de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, cometido el día 9 de agosto de 2023, a sufrir la pena de 21 días de prisión en su grado medio, además, de la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del Cais de Melipilla, por el plazo de un año, debiendo presentarse el día 26 de septiembre de 2023. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Que, atendido el extracto de filiación del condenado, se dará aplicación del artículo 38 de la ley 18.216. Ofíciese. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2300862308-2 RIT Nº 2791-2023. Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: SXWXXHDLXNT Este documento tiene firma electróni

Fundamentos

considerando: HECHO: El día de 09 de agosto del año 2023, alrededor de las 17:45 horas el imputado o requerido NELSON ANDRÉS RODRÍGUEZ CEA conducía por calle libertad de la comuna de Melipilla el taxi colectivo marca NISSAN modelo TIIDA color negro amarillo placa patente única CXTL-57 lo cual lo hacía sin haber obtenido la licencia de conducir exigida por la ley para este tipo de vehículo. MODIFICATORIA: Que favorece al requerido las circunstancias atenuantes de responsabilidad prevista en los artículos 11 N° 6 Y 11 N° 9 del Código Penal, atendido que no mantiene anotaciones penales en su contra y ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral.- Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N°6, 11 N° 9, 15 N°1, 67,69, 70 del código penal, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 1, 4 y 38 de la ley 18.216, artículo 1, 110, 194 de la Ley 18.290

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a don NELSON ANDRÉS RODRÍGUEZ CEA cédula de identidad N° 0019164696-7, ya individualizado, como autor del delito de manejo sin Código: SXWXXHDLXNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl licencia profesional previsto y sancionado en 194 de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, cometido el día 9 de agosto de 2023, a sufrir la pena de 21 días de prisión en su grado medio, además, de la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del Cais de Melipilla, por el plazo de un año, debiendo presentarse el día 26 de septiembre de 2023. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sin abonos que considerar. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Que, atendido el extracto de filiación del condenado, se dará aplicación del artículo 38 de la ley 18.216. Ofíciese. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2300862308-2 RIT Nº 2791-2023. Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro d

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SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Melipilla, doce de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2300862308-2 RIT: 2791 – 2023 IMPUTADO : NELSON ANDRÉS RODRÍGUEZ CEA C.I. : 0019164696-7 FECHA DE NAC.: 28/10/1995 DIRECCION: Sector LOS CARDENALES PASAJE ALELI Nº 1222 COMUNA: Melipilla DELITOS : Manej

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