MINISTERIO PÚBLICO C/ ALEXIS ANDRÉS RODRÍGUEZ MELO
Rol
O-3200-2022
Fecha
11 de septiembre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Individualización de Audiencia de Control de detención. Fecha Concepción, once de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal ALEJANDRO ALÍ VALLEJOS Defensor RODRIGO CAMPOS BUSTOS Postulante DPP VALENTINA FUENTES RODRÍGUEZ Hora inicio 11:58 horas Hora término 12:07 horas Sala 3 / Romina Campillo Améstica Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2210021985-2 RIT 3200 - 2022 N° registro audio 2210021985-2-1082 Audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal, conforme a lo que establece el Capítulo VIII en sus artículos 60, 61 y 62 del Acta N° 71-2016, de fecha 16 de junio de 2016, del Tribunal Pleno de la Corte Suprema. NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION KARINA ANDREA RIVERA FUENTES 0018054411-9 Sector Ñipas, Calle O'Higgins, Casa Nº 103, Ranquil. Actuaciones efectuadas Control de detención Ámbito afectado Detalle del Hito RELACIONES: KARINA ANDREA RIVERA FUENTES/ Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm.. No se cuestiona la legalidad de la detención. El Tribunal la declara ajustada a Derecho. Hechos. Imputada KARINA ANDREA RIVERA FUENTES Delito Hurto simple Fecha comisión 05/05/2022 Hora comisión 12:40 horas aproximadamente. Lugar comisión Paicaví 1122 de Concepción. Víctima Tienda Upita (Servicentro Shell) Avalúo $ 35.500.- Grado participación Autor. Grado ejecución Consumado Sentencia en procedimiento simplificado con admisión de responsabilidad. Causa: Detalle del Hito Fecha de deliberación once de septiembre de dos mil veintitrés Juez redactor CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ RUC 2210021985-2 RIT 3200 - 2022 RELACIONES: KARINA ANDREA RIVERA FUENTES/ Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm.. Resultado Condenado. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ KARINA ANDREA RIVERA FUENTES. Concepción, once de septiembre de dos mil veintitrés. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los art
Fundamentos
considerando el tiempo de privación de libertad que media entre el día 05 y 06 de mayo del 2022, se le tiene por cumplida. IV. Que, habiendo admitido responsabilidad se exime a la condenada del pago de las costas de la causa. Cúmplase en su oportunidad con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. . Orden de libertad Ámbito afectado Detalle del Hito RELACIONES: KARINA ANDREA RIVERA FUENTES/ Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm.. Ordena libertad. La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. RUC 2210021985-2 RIT 3200 - 2022 Código: KHJLXHXFVXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ, Juez de Garantía de Concepción. Código: KHJLXHXFVXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-13T09:22:57-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a KARINA ANDREA RIVERA FUENTES, cédula nacional de identidad N° 18.054.411-9, ya individualizada, por su responsabilidad en calidad de autora del delito consumado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, cometido en Concepción el día 05 de mayo del año 2022 a las siguientes penas: sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa de un tercio de unidad tributaria mensual. II. Que, en lo que dice relación con la pena temporal, el Tribunal entiende se reúnen las exigencias de los artículos 7 y 8 de la Ley 18.216, por lo tanto la pena se sustituye por sesenta y un noches de Reclusión Parcial Nocturna Domiciliaria, que consiste en el encierro por 08 horas diarias y continuas en el domicilio de la imputada, que corresponde en este caso a Sector Ñipas, Calle O'Higgins, Casa Nº 103, Ranquil. Para efectos de que se pueda iniciar el cumplimiento de esta pena, el Tribunal dispone se oficie al Departamento de monitoreo telemático del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile para que se realice un informe de factibilidad técnica en el domicilio antes indicado. Si el informe es factible, será el personal del C.R.S. quien fiscalizará el cumplimiento de esta pena a través de la instalación de la tobillera electrónica. Para este efecto, en su oportunidad, se va a citar en día y hora determinado al domicilio
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Control de detención. Fecha Concepción, once de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal ALEJANDRO ALÍ VALLEJOS Defensor RODRIGO CAMPOS BUSTOS Postulante DPP VALENTINA FUENTES RODRÍGUEZ Hora inicio 11:58 horas Hora término 12:07 horas Sala 3 / Romina Campillo Améstica Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2210021
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica