Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ LEANDRO GABRIEL LEYTON FARIAS

Rol

O-3748-2023

Fecha

12 de septiembre de 2023

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 20 de junio de 2023 a las 10:59 horas aproximadamente, la victima Eduardo Barrionuevo, se encontraba en calle Adolfo Kolping con calle Papa Pablo VI, comuna de Copiapó, en esos momentos fue abordado por el imputado LEANDRO LEYTON FARIAS y premunido de un arma de apariencia de fuego, intimidó al ofendido para luego sustraerle su cadena de plata, dándose a la fuga del lugar, siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros, logrando recuperar la cadena de propiedad de la víctima. El imputado, al momento de su detención, mantenía en su poder una munición de confección artesanal, apta para el disparo.” SE DECLARA: I. Que se condena a LEANDRO GABRIEL LEYTON FARIAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, de los delitos de porte ilegal de munición y robo con intimidación, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado el día 20 de junio de 2023 en la comuna de Copiapó, a la pena única de CINCO (5) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO – ACCESORIAS del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena–COMISO– REGISTRO DE HUELLA GENETICA DE ADN II. La pena privativa de libertad será sustituida por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo plazo de la condena, en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Copiapó, donde deberá presentarse el día 25 de septiembre de 2023, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención. Para el control de la ejecución de la pena impuesta, se ordena oficiar a las instituciones correspondientes, para la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido a este Tribunal en un plazo máximo de cuarenta y (45) cinco días, y se tendrá por aprobado si no fuese objeto de observación por parte de los intervinientes. III. El sentenciado ha de quedar sujeto al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 17 de la Ley

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a LEANDRO GABRIEL LEYTON FARIAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, de los delitos de porte ilegal de munición y robo con intimidación, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado el día 20 de junio de 2023 en la comuna de Copiapó, a la pena única de CINCO (5) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO – ACCESORIAS del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena–COMISO– REGISTRO DE HUELLA GENETICA DE ADN II. La pena privativa de libertad será sustituida por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo plazo de la condena, en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Copiapó, donde deberá presentarse el día 25 de septiembre de 2023, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención. Para el control de la ejecución de la pena impuesta, se ordena oficiar a las instituciones correspondientes, para la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido a este Tribunal en un plazo máximo de cuarenta y (45) cinco días, y se tendrá por aprobado si no fuese objeto de observación por parte de los intervinientes. III. El sentenciado ha de quedar sujeto al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 17 de la Ley 18.216 en sus literales a) Residencia en un lugar determinado, el que podrá ser propuesto por el condenado, debiendo, en todo caso,

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Copiapó, doce de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: ÁLVARO MARCEL FERNÁNDEZ MORALES RUC: 2300672342-K RIT: 3748 - 2023 IMPUTADO: LEANDRO GABRIEL LEYTON FARIAS C.I. 0021500834-7 FECHA DE NAC. 05 de febrero de 2004 DIRECCION Avenida el Palomar 1399, Departamentos Nuevo Amanecer, Torre

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