10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ PEDRO HERNÁN TRANAMIL PILQUIANTI

Rol

O-699-2023

Fecha

12 de septiembre de 2023

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: ‘‘El día 20 de marzo de 2023 a las 17:55 horas aproximadamente, en las inmediaciones de autopista General Velásquez con Avenida lo Ovalle de la comuna de Lo Espejo, funcionarios de Carabineros sorprenden al imputado PEDRO HERNÁN TRANAMIL PILQUIANTI conduciendo el automóvil marca Nissan modelo Sentra de color gris con sus placas patentes ocultas, tapadas con una mascarilla sanitaria, al momento de ser controlado se determinó que el vehículo corresponde a la PPU PJCZ- 73’’. La sentencia se encuentra grabada bajo el nombre 2300305847-6-1229 en sala 202-B. Santiago, doce de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos: 1, 3, 4 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 18, 67 y siguientes del Código Penal, disposiciones de la Ley 18.216 y 18.290, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Que se condena a Pedro Hernán Tranamil Pilquianti, ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la accesoria especial de suspensión de la licencia de conducir por el término de quince (15) días, a una multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, como autor del delito de conducción a sabiendas con placa patente oculta, Código: MCVTXHLSLXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, consumado, perpetrado en esta Jurisdicción el 20 de marzo de 2023. II.- Que la pena de multa se le va a dar por cumplida por el día que permaneció privado de libertad en esta causa entre el 20 de marzo de 2023, día de la detención y 21 de marzo de 2023, día del control de detención. III.- Que se va a sustituir el cumplimiento de la pena privativa de libertad, conforme lo dispone el artículo 4° y siguientes de la Ley 18.216, con la de remisión condicional de la pena, debiendo q

Fallo

se declara: l.- Que se condena a Pedro Hernán Tranamil Pilquianti, ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la accesoria especial de suspensión de la licencia de conducir por el término de quince (15) días, a una multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, como autor del delito de conducción a sabiendas con placa patente oculta, Código: MCVTXHLSLXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, consumado, perpetrado en esta Jurisdicción el 20 de marzo de 2023. II.- Que la pena de multa se le va a dar por cumplida por el día que permaneció privado de libertad en esta causa entre el 20 de marzo de 2023, día de la detención y 21 de marzo de 2023, día del control de detención. III.- Que se va a sustituir el cumplimiento de la pena privativa de libertad, conforme lo dispone el artículo 4° y siguientes de la Ley 18.216, con la de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile por el término de un año, debiendo además cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 5° de la citada Ley. Si la pena sustitutiva le fuere revocada o quebrantada, deberá cumplir íntegramente la pena impuesta, sin que existan otros abonos que considerar.

Texto Completo (Preview)

RUC : 2300305847-6 RIT : 699-2023 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : PEDRO HERNÁN TRANAMIL PILQUIANTI CEDULA DE IDENTIDAD : 12.992.192-7 DOMICILIO : Calle Las Gardenias N° 9634, La Florida. FISCAL : OSVALDO ESTEBAN TOLEDO LÓPEZ DEFENSA PUBLICA : JESSICA MARITZA MATUS ALEGRÍA TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Doce de septiembre de dos m

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