2º Juzgado de Garantía de Santiago

PATRICIA JACQUELINE FIGUEROA TORO C/ CLAUDIA JEANNETTE MORALES GONZÁLEZ

Rol

O-8049-2019

Fecha

8 de septiembre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de febrero de 9, a las : horas aproximadamente, en el inmueble ubicado en Pasaje Camberra Nº 5 7, comuna de Conchalí, la imputada CLAUDIA JEANNETTE MORALES GONZÁLEZ procedió a amenazar a la víctima de nombre Patricia Jacqueline Figueroa Toro de forma seria y verosímil señalándole “Qué te crei’ conchetumadre que me estai’ vigilando, te crei’ cuica conchetumadre, te voy a sacar la chucha, dónde te pille maraca culiá’, dónde te pille hueona” La amenaza provocó en la víctima un justo temor de que esta se concretara. Código: YMSLXHEWSXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE DECLARA: A) I.-Que se CONDENA a CLAUDIA JEANNETTE MORALES GONZÁLEZ, Cédula de Identidad N° - , ya individualizada, actualmente privada de libertad por causa diversa de este tribunal, como autor en un delito de amenazas, previsto en el artículo 9 N° del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha de febrero de 9, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR GRADO MINIMO, MÁS ACCESORIAS DEL ARTICULO 3 DEL CÓDIGO PENAL ESTO ES SUSPENSION DE CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS MIENTRAS DURE LA CONDENA. II.- En cuanto a la forma de cumplimiento, sin oposición del Ministerio público, y por reunir requisitos del artículo Y siguientes de la ley se otorga la pena alternativa de Remisión condicional, por un año, quedando sujeta al control discreto de Gendarmería de Chile, debiendo estampar la firma una vez al mes ante el respectivo Centro de Reinserción Social Son firmas, ya que una corresponde al ingreso. En caso de revocarse la pena alternativa le servirá de abono el día 5 de febrero de , de febrero de , de septiembre de privada de libertad por esta causa. III.- Sin efecto cautelares. IV.- En su oportunidad si procediere hágase aplicación de lo dispuesto en el artículo de la ley V.- Sin costas por haber evitado las costas de un juicio oral. Se suspende el

Fallo

SE DECLARA: A) I.-Que se CONDENA a CLAUDIA JEANNETTE MORALES GONZÁLEZ, Cédula de Identidad N° - , ya individualizada, actualmente privada de libertad por causa diversa de este tribunal, como autor en un delito de amenazas, previsto en el artículo 9 N° del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha de febrero de 9, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR GRADO MINIMO, MÁS ACCESORIAS DEL ARTICULO 3 DEL CÓDIGO PENAL ESTO ES SUSPENSION DE CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS MIENTRAS DURE LA CONDENA. II.- En cuanto a la forma de cumplimiento, sin oposición del Ministerio público, y por reunir requisitos del artículo Y siguientes de la ley se otorga la pena alternativa de Remisión condicional, por un año, quedando sujeta al control discreto de Gendarmería de Chile, debiendo estampar la firma una vez al mes ante el respectivo Centro de Reinserción Social Son firmas, ya que una corresponde al ingreso. En caso de revocarse la pena alternativa le servirá de abono el día 5 de febrero de , de febrero de , de septiembre de privada de libertad por esta causa. III.- Sin efecto cautelares. IV.- En su oportunidad si procediere hágase aplicación de lo dispuesto en el artículo de la ley V.- Sin costas por haber evitado las costas de un juicio oral. Se suspende el cumplimiento de la pena alternativa otorgada hasta que recupere su libertad en causa rematada de este mismo tribunal RIT 3 - Ofíciese al Centro de Reinserc

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Ocho de septiembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: - RIT: - IMPUTADO CLAUDIA JEANNETTE MORALES GONZÁLEZ, C.I. - FECHA DE NACIMIENTO DIRECCION Camberra 59 COMUNA: Conchalí DELITO Amenazas ARTICULOS 6 N° 3del Código Penal PARTICIPACION Autor G. DE DE

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