C/ VÍCTOR MANUEL CÓRDOVA TORRES
Rol
O-5890-2022
Fecha
9 de septiembre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de VÍCTOR MANUEL CÓRDOVA TORRES, 35 años, C.I. N° 0016788499-7, domiciliado en Calle NUEVA EXTREMADURA Nº 5251, Quinta Normal, a quien se atribuye participación de autor en un delito de porte de arma cortante o punzante. El requerimiento se funda en los siguientes hechos: “El día 30 de octubre de 2022, siendo aproximadamente la 23:00 horas, en el ovalo de la Plaza Baquedano ubicado en Avda. Providencia, intersección con Ramón Carnicer, en la comuna de Providencia, es que el imputado es sorprendido por personal policial portando un elemento corto punzante al interior de un bolso tipo morral que mantenía el imputado consigo, a saber un cuchillo del tipo cocinero de 12,5 cm de hoja y 9,5 cm de empuñadura plástica, color negro, no justificando razonablemente su porte, motivo por el cual es detenido”. El Ministerio Público solicitó para el imputado la pena de multa de 1/3 de U.T.M. y comiso, sin costas. Por su parte el imputado admitió responsabilidad, habiéndosele advertido las consecuencias de su decisión. A su turno la defensa no cuestionó la pretensión punitiva de la fiscalía solicitando que se de por cumplida la pena de multa y, también pidió aplicar por analogía lo dispuesto en al artículo 38 de la Ley 18.216. SEGUNDO: Que habiendo admitido responsabilidad el imputado en los hechos señalados en el requerimiento, atendida la naturaleza jurídica del procedimiento (de autoincriminación reglada), se tiene por establecida la existencia de los hechos. Los hechos acreditados son constitutivos del delito de porte de arma cortante, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal. Y en dicho ilícito correspondió, al requerido, participación en calidad de autor. La pena en abstracto establecida por la ley al delito es de presidio menor en su grado mínimo o multa de 1 a 4 unidad tributaria mensual (pena alternativa). Concurren las circunstancias atenuantes del
Fundamentos
considerando que se cumplen los requisitos para conceder una pena sustitutiva de remisión condicional, toda vez que el imputado no registra condenas anteriores y atendida la extensión de la pena que corresponde aplicar (pena alternativa de presidio o multa) pero que, sin embargo, corresponde dar por cumplida la pena alternativa de multa con cargo al tiempo que el imputado ha estado privado de libertad (artículo 348 del Código Procesal Penal), se aplicará por analogía la norma del artículo 38 de la Ley 18.216. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N°9, 14, 15, 25, 31, 49, 50, 60, 70 y 288 bis del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara que: I.- Se condena a VÍCTOR MANUEL CÓRDOVA TORRES, como autor del delito consumado de porte de arma cortante, cometido en jurisdicción de este Tribunal con fecha 30 de octubre de 2022, a la pena de multa de 1/3 de unidad tributaria mensual y al comiso del arma blanca incautada. II.- La multa impuesta al sentenciado se le tiene por cumplida, con cargo al día de detención que registra en la causa (9 de septiembre de 2023). III.- Se omitirá, en los certificados de antecedentes que expida el Registro Civil e Identificación, las anotaciones a que diere origen esta sentencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, salvo las excepciones consignadas en la misma, IV.- Se exime al sentenciado del pago de las costas, toda vez que no fueron solicitadas por el Ministerio Público. Los intervinientes renuncian al plazo para interponer recursos, quedando ejecutoriada esta sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC N° 2201076237-9. RIT N° 5890 - 2022. Resolvió don DANIEL EDUARDO ARAVENA PÉREZ, Juez de Garantía de Santiago. Código: XYXXXHTRTMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XYXXXHTRTMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-10T17:54:51-0300
Texto Completo (Preview)
8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°5890-2022 Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de VÍCTOR MANUEL CÓRDOVA TORRES, 35 años, C.I. N° 0016788499-7, domiciliado en Calle NUEVA EXTREMADURA Nº 5251, Quinta Normal, a quien se atribuye participación de autor en un delito de porte de arma cortante o pun
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica