COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES
Rol
V-409-2020
Fecha
26 de octubre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 09 de Julio de 2020, Daniel Ramírez Toledo, chileno, Cédula de Identidad N° 10.592.425-9, casado, empleado, en representación, según se acredita en autos de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, empresa chilena minera, R.U.T. N° 78.860.780-6, ambos domiciliados en la ciudad de Calama, Avenida Nueva Oriente N° 2696, Villa Exótica, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “PEÑONES L 4”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 15 de Julio de 2020, el pedimento fue inscrito a fjs. 3.131, bajo el Nº 1.761 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que con fecha 03 de Agosto de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, Ord. Nº 6.164 de fecha 22 de Octubre de 2020, agregado en folio 9 del SITCI, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U. T. M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.315.500,00 461.000,00 V1 7.317.000,00 459.000,00 V2 7.317.000,00 463.000,00 V3 7.314.000,00 463.000,00 V4 7.314.000,00 459.000,00 SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos: R E S U E L V O : Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “PEÑONES L 4”, con una superficie de 1.200 hectáreas, a favor de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, empresa chilena minera, solicitada en su representación por don Daniel Ramírez Toledo, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase y archívese en conformidad a la Ley. Remítase copia autorizada de esta sentencia, la que deberá obtenerse por la interesada directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N° 71-2016 de fecha 17 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final, conjuntamente con el plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese. Dictada por doña Susana Tobar Bravo, Juez Titular. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
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FOJA: 11.- once.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-409-2020 CARATULADO : COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES AUTOS : 23.10.2020 Antofagasta, veintiséis de Octubre de dos mil veinte.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 09 de Julio de 2020, Daniel Ramírez Toledo, chileno, Cédula de Identidad N° 10.592.425-9, casado, emple
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