MP C/ MIGUEL ANGEL VEGA ARCOS
Rol
O-28-2023
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes se llevó a efecto audiencia de juicio oral en causa RIT N° 28-2023, seguida contra los acusados MIGUEL ÁNGEL VEGA ARCOS, Cédula Nacional de Identidad N° 19.588.402- 1 nacido en Graneros el 19 de agosto de 1997, 26 años , soltero, Tercero Medio, maestro talabartero, con domicilio en Población Las Brisas, calle Canal Fiscal, casa 110 comuna de Parral y CÉSAR ESTEBAN AGUAYO MAUREIRA, Cédula Nacional de Identidad N° 19.115.679-K, agricultor, nacido en Santiago, el 6 de septiembre de 1993, 29 años, soltero, sin estudios, domiciliado en Estación Perquilauquen, San Eugenio s/n, Parral, ambos acusados representados por el Defensor Penal Licitado, Rodrigo Salinas Sepúlveda. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representada por el Fiscal, don Francisco Ávila Calderón.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. La imputación efectuada por el Ministerio Público contra el acusado, según auto de apertura se funda en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho cuyo contenido es el siguiente: HECHO 1: el día 18 de febrero del año 2022, en el pasaje Fraternidad N° 715, de la Villa Merced de la Esperanza, en el Barrio Estación, de la comuna de Cauquenes, a las 00:50 horas, los imputados César Esteban Aguayo Maureira y Miguel Ángel Vega Arcos ingresan al inmueble mencionado y amenazan con un Código: XENXXHQRCPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 arma de fuego y un arma cortante a los propietarios, para posteriormente sustraer desde el interior, la cantidad de $100.000.-; una cartera color café, con documentación personal de una de las propietarias y su familia; un teléfono celular marca Samsung, color negro, modelo A21, con una carcasa de color morado, para posteriormente huir por la calle 14 de febrero en dirección al poniente; donde uno de los propietarios del inmueble, Rodrigo Pérez Hernández golpea el vehículo con una pala en el parabrisas delantero, en el costado del copiloto y espejo retrovisor, ocasionándole una trizadura a éste. HECHO DOS: el mismo día 18 de febrero del año 2022, a las 06:55 horas, aproximadamente; los imputados César Esteban Aguayo Maureira y Miguel Ángel Vega Arcos, se dirigen desde la población hasta la Avda. Sótero del Río Gundian y específicamente, en la entrada de la Villa San Sebastián, de la comuna de Cauquenes, en un local comercial de comida rápida, lugar en el cual un automóvil marca Toyota, modelo tercer, color azul; los imputados intimidan a la víctima Adriana Ivette Castro Apablaza, momento en el cual le sustraen $100.000.- en dinero en efectivo y unas llaves de automóvil, haciendo uso de un arma de fuego tipo revolver, con la cual intimidaron a la víctima, lograron la apropiación del dinero y de las especies, para posteriormente darse a la fuga del lugar en el vehículo antes mencionado, con el botín en su poder. A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de dos delitos de ROBO CON INTIMIDACIÓN, conforme al artículo 436 del Código Penal y a los imputados les ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, la calidad de autores materiales del delito Código: XENXXHQRCPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 materia de la presente acusación, afectándoles la agravante de reincidencia específica en delitos de la misma especie, conforme al artículo 12 N° 16 del Por tales consideraciones, esta Fiscalía requiere se imponga a los imputados dos penas de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, la toma de la huella o registro genético, conforme al artículo 19 de la ley 19.970 y accesorias del artículo 28 del Código Penal, y se les condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y
Fallo
se declara: 1.- Que se condena al acusado Miguel Ángel Vega Arcos, ya individualizado, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena como autor del delito de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 en relación con los artículos 432 y 439 todos del Código Penal en grado de consumado, cometido el 27 de diciembre del 2015 en la bencinera Terpel ubicada en Patricio Blanco esquina Santiago Urrutia en la comuna de Parral. b) Copia de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes en causa RUC 1500433428-K RIT 83- 2015 de fecha 12 de enero de 2016 cuya parte resolutiva señala lo siguiente: I.-Que se condena al acusado César Esteban Aguayo Maureira, ya individualizado a sufrir la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con fuerza en lugar habitado o en sus dependencias, en grado consumado cometido en perjuicio de bienes de propiedad de Carlos Alberto Muñoz Escobar ocurrido el día 7 de mayo de 2015 en la comuna de Código: XENXXHQRCPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 45 Parral, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profe
Texto Completo (Preview)
1 RUC N° : 2200165676-0 RIT N° : 28-2023 ACUSADOS : César Aguayo Maureira y Miguel Ángel Vega Arcos Delito : Robo con Intimidación (2) _______________________________________________________________ Cauquenes, seis de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: Ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes se llevó a efecto audiencia de juicio oral en causa RIT N° 28-2023, seguida contra
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